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Condenado a 9 años de inhabilitación política el exalcalde de Alicante, Gabriel Echávarri

Condenado a 9 años de inhabilitación política el exalcalde de Alicante, Gabriel Echávarri

    La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a nuevo años de inhabilitación para el desempeño de cargo público al que fuera alcalde de la ciudad de Alicante durante la anterior legislatura, Gabriel Echávarri (PSPV). El exalcalde está acusado de un delito de prevaricación administrativa, cometido al ordenar el despido de una funcionaria interina del Ayuntamiento que era cuñada del entonces líder de la oposición, Luis Barcala (PP).

    La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante considera probado que el acusado tomó esta decisión el 18 de abril de 2017 para vengarse de su oponente político, concretamente “como represalia por la denuncia que esa misma mañana se había interpuesto contra él en Fiscalía por el Partido Popular a través de sus representantes y, entre ellos, su portavoz”.

    Según la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), el por entonces alcalde de Alicante se puso en contacto con el concejal de Recursos Humanos, Carlos G.B., que se encontraba en Santander, y le indicó que tenía que destituir de forma inmediata a la citada empleada, a la que identificó como “la cuñada de Barcala”.

    Al día siguiente, el alcalde llamó a un técnico para que preparara un decreto con el cese de la interina, que estaba adscrita a la Concejalía de Cultura, aunque se negó a darle la orden por escrito.

    Con posterioridad, el acusado anunció al concejal de Cultura, Daniel S.P., que iba a despedir a la funcionaria. Ya el 20 de abril, Echávarri. ordenó al edil de Recursos Humanos que firmara el decreto con el cese, tras informarle de que había recibido un requerimiento para ello de la Sindicatura de Greuges y un informe de la Concejalía de Cultura.

    “Sin embargo, no existía expediente, ni el informe de la Concejalía de Cultura era favorable al cese, ni el requerimiento del Síndic de Greuges de 11 de octubre de 2016 se refería a la funcionaria cesada en concreto, sino en general a la sustitución de todos los funcionarios interinos, en cuanto fuera posible, por funcionarios de carrera”, advierten los magistrados.

    Para la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante, el despido de la cuñada de Luis Barcala respondió a una “orden emanada del acusado de forma unilateral e injustificada” y debe por tanto “ser considerada ilegal”.

    La Sala concluye que esa actuación “abrupta, sorpresiva e injustificada” supuso “una verdadera desviación de poder” y “constituía un acto de venganza contra el entonces portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento”.

     

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