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El TSJCV revoca la sentencia para implantar una Zona Acústicamente Saturada en el centro tradicional

  • El fallo da la razón al Ayuntamiento y a la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (ALROA) frente al recurso de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional

  • El Ayuntamiento seguirá con las mediciones sonométricas y la aplicación de medidas que permitan la conciliación del descanso de los vecinos con la actividad económica

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante , de 14 de noviembre de 2019, que obligaba al Ayuntamiento a declarar el entorno de la calle Castaños como Zona Acústicamente Saturada (ZAS). El fallo del alto tribunal autonómico estima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento, la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (ALROA) y negocios particulares.

Es la segunda resolución del TSJCV que se produce en los últimos días en relación a la ZAS, después de que desestimara el recurso de la Comunidad de Propietarios de la calle Artilleros, 4 contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, número 1, de Alicante el 9 de mayo de 2019 en el mismo sentido.

La resolución establece -como en el caso de la anterior- que “las comunidades de propietarios y, por extensión, las asociaciones integradas por éstas, si bien pueden actuar en juicio, no pueden actuar en sustitución de los verdaderos titulares de estos derechos que pertenecen al ámbito particular -que en el caso sería los propietarios integrantes de la Comunidad, actuando en defensa de derechos de naturaleza personalísima que sólo son predicables respecto de las personas físicas, con el matiza que, respecto a la inviolabilidad del domicilio, tiene declarado el Tribunal Constitucional”.

El concejal responsable de los Servicios Jurídicos municipales, de Medio Ambiente y de impulsar el expediente de la ZAS, Manuel Villar, ha mostrado su “satisfacción por la sentencia revocatoria de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV que da la razón al recurso presentado al Ayuntamiento sobre la sentencia de Primera Instancia”.

No obstante, Villar ha asegurado que “se va a seguir con las mediciones sonométricas y estudios previos, así como con la aplicación de medidas que permitan la conciliación del descanso de los vecinos con la actividad económica, teniendo como referencia la normativa autonómica que afecta a las ZAS”.

El Ayuntamiento ya inició los trabajos previos al inicio del expediente para la declaración de la ZAS, con mediciones y sonometrías, que se vieron interrumpidas por el confinamiento por el covid, y que volvieron a ponerse en marcha a recuperarse condiciones de normalidad durante la pandemia al finalizar el pasado verano, atendiendo a la primera resolución judicial ahora revocada por el alto tribunal autonómico.

Villar ha señalado la dificultad de conciliar el descanso vecinal con la propia actividad comercial y de ocio de los locales del centro tradicional, para lo que el Ayuntamiento ha aplicado distintas medidas orientadas a reducir la emisión de sonido desde el interior de los propios locales como pueda ser la exigencia de doble puerta o la prohibición de tomar bebidas en la calle a las puertas de los establecimientos, entre otras.

Además, el consistorio ha contratado una empresa especializada e iniciado un estudio de sonometría instalando dispositivos en todo este entorno, para ver si se cumplen las circunstancias legales establecidas para desarrollar una ZAS, a la espera de la última decisión de los tribunales de Justicia, mientras se resuelven los recursos.

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