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El juez del “Caso Imelsa” imputa al exvicealcalde de Valencia por delito electoral

    El titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga el “Caso Imelsa”, ha citado a declarar al exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, en calidad de investigado en la pieza separada abierta por presunto blanqueo y delito electoral.

    El instructor imputa también al que fuera administrador de la candidatura del PP para las elecciones municipales de 2011, José Antonio Moscardó, y a Juan José Medina, exalcalde de Moncada y exvicesecretario de organización del partido en la provincia. Ambos figuran como autorizados en la cuenta bancaria que investiga el Juzgado por no estar sometida a fiscalización alguna.

    En una providencia, notificada hoy a las partes, el titular de Instrucción 18 llama también a declarar como investigado al exasesor municipal que figura como titular de otra cuenta bancaria en la que el partido ingresaba el dinero procedente de la venta de la lotería de Navidad.

    La declaración de estos cuatro imputados en relación con los comicios de 2011, que tendrá lugar el próximo 19 de septiembre, se suma a la realizada ayer la exsecretaria del grupo municipal del PP, Carmen García Fuster, y la administradora provincial de la candidatura popular a las elecciones municipales de 2015, Montserrat Tello.

    En el auto por el que el magistrado acordó en julio ampliar al delito electoral la pieza separada en la que se investigaba el blanqueo de capitales, el instructor considera que existen indicios de que el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia, en “ejecución de un plan preconcebido”, cargó gastos electorales en las campañas de 2011 y 2015 a una cuenta bancaria, gestionada básicamente por García Fuster, “carente de toda fiscalización y reflejo en la contabilidad del PP”. Añade que de las diligencias practicadas hasta el momento, existe una “aparente infracción tanto de la normativa aplicable en materia de financiación de partidos políticos como de régimen local”.

    El instructor entiende que “resulta razonable que la investigación y la imputación se proyecte, de inicio, tanto sobre los administradores electorales como sobre aquellas personas que respecto de la cuenta bancaria y sus fondos tenían capacidad de decisión o disposición”. Estos últimos, que habrían participado en la comisión del delito “con actos conscientes de colaboración”, tendrían la consideración de cooperadores necesarios. El delito electoral no puede imputarse al Partido Popular como persona jurídica.

    Delitos conexos

    En su resolución, el juez concluye que el delito electoral se habría cometido de manera continuada y en conexión con el de blanqueo; por eso acuerda investigarlos conjuntamente, ampliando el objeto de esta pieza separada en la que hay 47 personas imputadas más el PP, imputado como persona jurídica, y en la que se investigan las donaciones de 1.000 euros efectuadas por concejales y asesores en vísperas de las elecciones municipal de 2015. Esa cantidad presuntamente les era devuelta por el partido en dos billetes de 500 euros para “aflorar” “un dinero en metálico, en cuantía próxima a los 50.000 euros (…) que podría tener su origen en el cobro de comisiones ilegales por la adjudicación de contratos públicos”.

    Precisa, no obstante, que la ampliación del objeto de la investigación no puede llevar a “proyectar sobre los aportantes investigados por blanqueo, por el solo hecho de la aportación, imputación participativa en el presunto delito electoral”.

    Con esta decisión, el juez decidía incorporar a la causa las diligencias de investigación penal abiertas por la Fiscalía tras la denuncia interpuesta por tres representantes de Compromís en el Consistorio valenciano.

    La investigación por blanqueo de capitales en el Ayuntamiento de Valencia, ampliada al delito electoral, es una pieza separada del “Caso Imelsa”, en el que se investiga el amaño de contratos a cambio de comisiones ilegales en varias administraciones de la Comunidad Valenciana: Diputación (a través de la empresa Imelsa); Ayuntamiento (a través de la Concejalía de Cultura) y Generalitat (a través de la empresa Ciegsa). La causa, que nació en abril de 2015, está abierta por malversación, fraude en la contratación pública, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo. Se estructura en una pieza principal y cuatro separadas.

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