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Per José Luis Ramos
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Sant Blai: el paisaje es seña de identidad

    «Una sociedad que no respeta la huella de su territorio no se respeta a sí misma.»
    José Saramago

     

    Lo repito, cada vez que tengo ocasión, el paisaje es la seña de identidad más representativa de un territorio. Las ciudades y los territorios, fundamentalmente, los conocemos por sus elementos paisajísticos más singulares. También las pequeñas ciudades tienen en el paisaje su principal seña de identidad.  Todas las ciudades tienen elementos de su paisaje urbano o rural, que sin tener un gran valor ni ser su primera referencia paisajística, son muy representativos de su paisaje local, como es el caso de la Ermita de Sant Blai de Borriana.

    El campanario es, sin lugar a dudas, el paisaje urbano más representativo de Borriana, Pero la Ermita de Sant Blai y su entorno, formaban unas características de ambiente urbano y de silueta paisajística singulares, dando lugar a la formación de un conjunto arquitectónico único, en Borriana.  El paisaje formado por ese conjunto, antes de derribarse el antiguo Hospital de Caridad, medianero de la Ermita, visto desde la otra parte del rio, era un paisaje emblemático de la ciudad, al formar un conjunto arquitectónico armonioso en el que destacaba un edificio histórico para la ciudad, como es la Ermita. Ese hospital se construyó sobre el solar del “primer Hospital de Pobres del nou regne cristià de València  (Jordi Bort)”.

    El caso es que la manzana de la Ermita, forma parte del centro histórico de Borriana, declarado Bien de Interés Cultural (BIC). Las leyes aplicables a los centros históricos declarados BIC, con la finalidad de preservar la fisonomía del barrio, establecen cuatro mandatos:

    1. Mantener la estructura urbana y arquitectónica.

    2. Mantener las características generales de su ambiente.

    3. Que las sustituciones de inmuebles, sean excepcionales

    4. Que se mantengan siempre las alineaciones urbanas existentes.

    La estructura urbana está formada por los espacios libres de edificación y los construidos. Mientras la arquitectura está referida a las formas y materiales de los edificios. Sustituir inmuebles, es derribar uno existente y sustituirlo por otro nuevo. Las alineaciones son los linderos de los edificios con los espacios libre de construcción. Es decir, la línea formada por los edificios al estar unos al lado de otras.

    A pesar de los limites establecidos, citados, se pretende ejecutar un proyecto, para el entorno de la Ermita, que no cumple ninguno de los cuatro mandatos citados:

    1. La estructura urbana formada por la manzana, no se mantiene, porque pasará a tener dos manzanas.

    2. La estructura arquitectónica originaria, no se mantiene. Pues pasará a tener en medio un espacio libre de edificación que no tenía.

    3. Las características generales del ambiente, no se mantienen. Antes de los derribos dominaba la silueta del conjunto formado por la Ermita, el antiguo hospital y las palmeras que han desaparecido.

    4. Ha sido eliminado el edificio, cuando la ley solo acepta, en casos excepcionales, su sustitución. Además, de la pérdida de los valores arquitectónicos históricos del hospital se ha dañado la arquitectura de la Ermita.

    Las ilegalidades cometidas sobre la Ermita y la falta de respeto a su conservación, no son nuevas. Entorno al año 67, el Ayuntamiento autorizó el edificio de 5 plantas, medianero a la Ermita que le tapa las vistas desde el este. Eso a pesar que la Ley de Suelo de 56, ya prohibía que las nuevas edificaciones, situadas junto edificios protegidos, por su altura y volumen, tapen las vistas de éstos. Para evitar la existencia de espacios degradados, dentro de los centros históricos, la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano de 1998, prohíbe que se otorguen licencias de derribo, si en el mismo acto no se concede la licencia de edificación o urbanización sustitutoria. Es decir, la autorización de un derribo está condicionada a que una vez ejecutado se inicie la nueva edificación o urbanización.  Todo ello para evitar que en el centro de la ciudad existan solares convertidos en estercoleros. A pesar de eso, la Consellería de Cultura y el Ayuntamiento de Borriana autorizaron el derribo del edificio medianero a la Ermita, sin aprobar en el mismo acto la licencia de edificación o urbanización sustitutoria. Dejaron un desastre de solar que se ha utilizado de aparcamiento, además, dejan la estructura urbana y las alienaciones originales alteradas. ¿Cuántos años mantienen esa ilegalidad, 8 o 9 años?

     Debe quedar claro, que el desastre arquitectónico del entorno de la Ermita, es responsabilidad de los miembros del Ayuntamiento que dieron la licencia de edificación de las 5 plantas construidas al este de la Ermita. Así, como de los miembros del Ayuntamiento del año 2011, que junto con Consellería, acordaron y autorizaron el derribo del edificio del Hospital de Beneficencia, y dejaron que el solar se convirtiera en aparcamiento de coches. El procedimiento fue iniciado por Ferrada y aprobado por Calpe. El actual equipo municipal se encontró con el resultado de la mala gestión urbanística que los citados equipos de gobierno hicieron, antes de su llegada al gobierno municipal en 2015.

    El PGOU de 95, contemplaba la conservación del antiguo hospital, destinado a equipamientos locales (Deportivo, Socio-Cultural, Sanitario-asistencial, …) Sin embargo, el Plan Especial del entorno de Sant Blai, en fase de ejecución, lo dedica a espacio libre. Es decir, confiesan expresamente que crean un espacio libre donde no lo había. Eso solo se consigue eliminando edificios, lo que está prohibido en los centros declarados BIC. Agradecería, al equipo de gobierno, que cuando se hable que ello deje de decir que se trata de una “actuación de rehabilitación” y de desarrollo sostenible”, pues que yo sepa rehabilitar y sostenibilidad es incompatible con derribar.

     

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