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La Concejalía de Fiestas recuerda las normas respecto al uso de material pirotécnico y la venta y consumo de alcohol

La Concejalía de Fiestas recuerda las normas respecto al uso de material pirotécnico y la venta y consumo de alcohol
  • Ante la inminente celebración de la fiesta fallera, el Ayuntamiento emite un bando municipal para aconsejar sobre el buen uso de los productos pirotécnicos y la venta y consumo de alcohol

Ante la celebración inminente de las Fallas, la Concejalía de Fiestas quiere recordar a la ciudadanía la normativa vigente existente relativa a algunos aspectos de la fiesta. “Es importante que los ciudadanos y ciudadanas conozcan las normas a seguir respecto al uso de artículos pirotécnicos y la venta y consumo de alcohol en la vía pública, así como el régimen sancionador que suponga el incumplimiento de las mismas. El objetivo es celebrar unas fiestas en las que predomine la convivencia en paz y el civismo, para el mayor disfrute de todos y todas”, ha explicado la concejal responsable, Gema Navarro.    

Por lo que respecta al material pirotécnico, el bando municipal recuerda que este se divide en varias categorías según su peligrosidad, desde la categoría F1, los de más baja peligrosidad y un nivel de ruido insignificante, destinados a utilizarse en zonas delimitadas; pasando por los de categoría F2, con baja peligrosidad y bajo nivel de ruido; los de categoría F3, de peligrosidad mediana, destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y con un nivel de ruido que no sea perjudicial para la salud humana; hasta los de categoría F4, material de alta peligrosidad destinado al uso exclusivo de expertos.

Por lo que respecta a su venta, el Reglamento prevé la venta al por menor de las categorías F1 (edad mínima 12 años), F2 (edad mínima 16 años) y F3 (edad mínima 18 años), en establecimientos de venta permanentes y establecimientos y casetas móviles instaladas en la vía pública o en terrenos de propiedad privada. Las preceptivas autorizaciones deberán estar disponibles en todo momento en el lugar de venta. Por contra, queda expresamente prohibida la venta ambulante de material pirotécnico.

Por otra parte, el bando municipal recuerda también que con el fin de conciliar la fiesta con el derecho al descanso, se recomienda no hacer uso de los productos de pirotecnia recreativa en espacios y horarios que puedan ser susceptibles de producir molestias a la ciudadanía.

Así mismo se recuerda que el incumplimiento de las normas del Reglamento de artículos pirotécnicos, será objeto de denuncia e imposición de las sanciones correspondientes.

En cuanto a las bebidas alcohólicas, la normativa prohibe la venta, el suministro gratuito y el consumo a los menores de 18 años, y la obligación de todos los establecimientos, instalaciones y lugares donde se suministre alcohol de colocar, en lugar visible para el público, carteles que adviertan de esta prohibición.

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