elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Luz verde a la iniciativa de Compromís para que los partidos acrediten las subvenciones que reciben de la Diputación

    Finalmente habrá acuerdo en la Diputación para poner punto y final a los ingresos sin justificar que tradicionalmente se han llevado a cabo en la política de subvenciones a la Diputación de Alicante.

    El texto se aprobará por unanimidad en el pleno de este miércoles después de que  todos los partidos hayan pactado una enmienda al texto original que centra su  atención en el cambio del artículo 9 del ordenanza actual, que hace referencia a las transferencias a los grupos políticos y a las pautas para acreditarlas: hará falta un certificado del partido, una memoria anual de gastos  y concretar en una mesa los datos referentes a la facturación.

    “La política útil se tiene que ejercer  desde los  gobiernos y desde la oposición, y creo  que Compromís lo demuestramos en el Botánico y también en la Diputación donde es muy palpable como de necesari  puede ser una fiscalización extricta pero centrada en los acuerdos”, ha manifestado el portavoz de Compromís, Gerard Fullana.

    Compromís se había propuesto esta medida después de dos acciones. La primera, la jurídica, llevando a los tribunales la no justificación a través de conceptos  y facturas concretos por parte del Partido Popular en  la anterior legislatura. Y la segunda,  la política, introduciendo en la orden del día una modificación de reglamento  que anteriormente habían pactado todos los partidos políticos en la Diputación de Valencia  en un plenario a cuatro  diez de las elecciones generales.  

    Después de días de conversaciones  todos los grupos políticos votarán la propuesta  introduciendo una enmienda que mantiene la intención  de los valencianistas de acreditar los ingresos pero mantiene el esquema del anterior ordenanza que resulta en efecto más completa que la aprobada en Valencia.

    De esta forma el texto de la enmienda acordado es el siguiente:

    PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

    Incoar el procedimiento para la modificación del artículo 9 del “Reglamento Orgánico sobre dotación económica de los Grupos Políticos de la Corporación” publicado en el BOP del 6/6/2013, sustituyendo el artículo 9 al que se propone:

    Artículo 9.- Los Grupos Políticos podrán transferir a su agrupación política, los fondos asignados anualmente a cada grupo. Dicha transferencia de fondos deberá ser como consecuencia de gastos conjuntos realizados por el partido político, o como contrapartida por servicios de realización de actos conjuntos y los gastos derivados de los mismos, asistencia, asesoramiento, consultoría o servicios análogos prestados al Grupo por el Partido.

    La acreditación del destino finalista de dicha transferencia de fondos al partido político se hará mediante una certificación emitida por un responsable del mismo, con el visto bueno del portavoz del grupo, junto a una memoria anual justificativa de las actividades desarrolladas con el grupo en el periodo correspondiente, de acuerdo al modelo adjunto del anexo I. La transferencia de cada grupo político a su respectiva agrupación política provincial requiere acuerdo expreso del grupo. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos

    La presente modificación entrará en vigor desde el 1 de enero del 2020.

    Subir