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Los patinetes tendrán que tener un seguro de 100.000 euros en Castelló

Los patinetes tendrán que tener un seguro de 100.000 euros en Castelló
  • La nueva ordenanza municipal de movilidad obligará también a llevar casco y chaleco por la noche

Los patinetes eléctricos de la ciudad de Castelló deberán de tener a partir de ahora un seguro de responsabilidad civil que cubra daños y perjuicios de hasta 100.0000 euros en caso de accidente. Además, el conductor deberá de llevar encima el justificante de este seguro para mostrárselo a los agentes si se le requiere.

Así lo establecerá la nueva ordenanza de movilidad que el Ayuntamiento aprobará este mes, que pretende tomar medidas ante la proliferación de estos VMP (Vehículos de Movilidad Personal), en su nombre técnico.

Según se establece en el artículo 50 del reglamento, además, la edad mínima para circular en estos patinetes será de 15 años y quienes tengan menos de esa edad solo podrán llevar patinetes adecuados a su altura y peso, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados de sus padres.

De la ordenanza se desprende que solo podrá circular una persona por cada patinete y que el conductor deberá de llevar un casco homologado.

En el caso de que ya sea de noche, o de que la visibilidad sea reducida, será obligatorio llevar un chaleco o una prenda o bandas que sean reflectantes.

Además, se recuerda que queda prohibido circular con auriculares ni usando el móvil, ni circular superando las tasas máximas de alcoholemia, como sucede con el resto de vehículos.

¿Por dónde podrán circular los patinetes en Castelló?

La ordenanza indica que con carácter general se prohíbe la circulación de los patinetes por aceras y demás espacios para viandantes.

Así, solo podrán circular por las vías específicas para ciclistas, ya sean carriles bici, ciclocalles o calles de límitación de 30 km/h con solo un sentido de circulación, así como por las calles peatonales.

De este modo, se indica que “por razones de seguridad vial, no podrán circular por el resto de vías urbanas” por lo que cuando los patinetes accedan a una vía no habilitada, los conductores deberán bajarse del vehículo y hacerlo a pie, pasando a circular como un peatón.

Asimismo, se indica que la circulación de estos vehículos por la calzada se realizará, en el sentido de circulación de la vía y por la parte central del carril y nunca se deberán superar los 25 kilómetros por hora.

¿Dónde se podrán aparcar los patinetes?

En principio, la ordenanza indica que se deberán estacionar en lugares destinados a ellos o a las bicicletas y, en caso de no haber sitio libre, en otros lugares de la calle.

Eso sí, quedaría prohibido atar los VMP a árboles, semáforos, bancos, contenedores, papeleras, marquesinas de transporte y elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el destino o la funcionalidad del elemento.

Además, se prohíbe estacionar delante de zonas donde haya reservas de estacionamiento para personas con movilidad reducida o de carga y descarga ni tampoco donde haya una estación de Bicicas.

De este modo, únicamente se podrá estacionar en las aceras en la banda donde se ubica el mobiliario urbano y nunca en la parte de las fachadas, donde dificultarían el paso de los peatones.

 

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