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Ribó: "La revisión del PGOU amenaza la declaración patrimonial del Tribunal de les Aigües”

Ribó: "La revisión del PGOU amenaza la declaración patrimonial del Tribunal de les Aigües”

    El grupo municipal Compromís añade una alegación más pidiendo la nulidad de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) prevista por el equipo de gobierno del PP, porque no ha tenido en cuenta la singularidad del Tribunal de las Aguas y, con el proyecto previsto, se incumple la Convención Internacional para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial firmada por el estado español.

    Tal y como ha remarcado el portavoz de Compromís, Joan Ribó, “la revisión del PGOU sólo nombra el Tribunal de las Aguas en un par de ocasiones, y lo hace de manera genérica; de esta manera, se ningunea la opinión de una institución milenaria y no se tienen en cuenta las graves consecuencias que la destrucción de la huerta tendrá sobre la declaración del Tribunal de las Aguas como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, puesto que el decreto de declaración dice claramente que la protección del Tribunal de las Aguas pasa por la protección de la tierra, el agua y las personas que lo mantienen, es decir, los agricultores y agricultoras”.

    Además, la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial (CSPCI) de 2003, ratificada y asumida por el Estado Español, deja claro que los elementos inmateriales son patrimonio y los firmantes de esta convención tienen que adoptar las medidas necesarias para garantizar su salvaguarda (artículo 2.1 y 11 de la CSPCI). Joan Ribó ha destacado “el grave impacto que tendrá sobre el Tribunal de las Aguas la revisión del PGOU que plantea Rita Barberà, ante la amputación de terrenos de huerta: es una obviedad que una acequia pierde su sentido si no tiene tierras a las que abastecer de agua, pero esto parece que en el PP no lo entienden. El impacto del PGOU sobre la huerta se extiende sobre los comuners, en especial sobre las comunidades del Tribunal más amenazadas de extinción: Mislata, Mestalla y Enmohece. El Tribunal de las Aguas sólo tiene sentido si su jurisdicción es completa, de forma que la desaparición de una de las acequias implicaría necesariamente la del comuner correspondiente. Por lo tanto, el Tribunal, ya no estaría completo”.

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