Nueve entidades financieras se adhieren al código de conducta bancario de Generalitat para ayudar a los afectados del incendio de Campanar
La consellera de Hacienda se reúne con representantes de los bancos para agradecer su implicación e interesarse por las primeras medidas aplicadas, como la congelación de las hipotecas sobre las viviendas siniestradas durante seis meses
Ruth Merino destaca la colaboración entre la Generalitat y el Ayuntamiento de València con las entidades financieras como clave para dar una respuesta ágil y eficaz a los afectados
Un total de nueve entidades financieras se han adherido al código de actuación bancario impulsado por la Generalitat en colaboración con el Ayuntamiento de València para ayudar a las personas afectadas por el incendio del inmueble de Campanar del pasado 22 de febrero. Se trata de un código de adhesión voluntaria que, entre otras medidas, facilita a las entidades financieras la suspensión durante seis meses del cobro de las hipotecas a los beneficiarios de las ayudas directas de la Generalitat.
La consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, Ruth Merino, ha mantenido una reunión con representantes de las nueve entidades que se han adherido para agradecerles su implicación e interesarse por la aplicación de las medidas contempladas en el código de actuación.
En el encuentro han participado representantes de Banco Santander, Bankinter, BBVA, Targobank, Abanca, Ibercaja, CaixaBank, Cajamar y Caixa Popular. También han asistido el secretario autonómico de Hacienda y Financiación, Eusebio Monzó; el director general de Financiación, Nicolas Jannone, así como el concejal de Grandes Proyectos y Patrimonio del Ayuntamiento de València, José Marí Olano.
Ruth Merino ha mostrado su agradecimiento a las nueve entidades bancarias que se han sumado a este código de actuación, complementario a las medidas extraordinarias que ha adoptado el Consell, “por haberse volcado desde el primer momento, por ayudar y por estar al lado de las familias que lo perdieron todo ese día”.
“Desde el primer instante estuvieron a su lado llamándoles por teléfono y ofreciéndoles toda la colaboración junto con la Administración, que también se volcó por darles una vivienda y unas ayudas que, en esos momentos, tanto necesitaban”, ha añadido la consellera.
Así, Ruth Merino ha explicado que en esta reunión se ha podido comprobar que, con esta colaboración de la Administración pública con las entidades financieras, en este caso, pero, en general, con la empresa privada, “siempre llegamos más lejos hasta en situaciones tan complicadas como las de esta tragedia vivida en Campanar”.
La responsable de las finanzas valencianas ha puesto en valor esta colaboración público-privada, porque “al trabajar juntos por el bien de la sociedad podemos hacer las cosas mejor y, en este caso, facilitar la vida a aquellos que han pasado un momento tan trágico”.
En este código de actuación se recogen una serie de medidas para aliviar y aligerar los compromisos financieros de las personas afectadas vinculados a las posesiones que han tenido la desgracia de perder.
Las medidas previstas en el código de actuación de las entidades financieras prestamistas se aplican a las deudas financieras hipotecarias sobre las viviendas siniestradas por el incendio de Campanar de las que sean titulares las personas físicas que en el momento del siniestro tenían su residencia habitual y permanente en las mismas.
En concreto, se contempla la carencia por un periodo de seis meses (de capital e intereses), prorrogable por otros seis meses, a voluntad de la entidad financiera y con aceptación de la persona afectada, de las cuotas de préstamos hipotecarios sobre las viviendas siniestradas de los que sean titulares las personas físicas afectadas, con la finalidad de dar tiempo a que estas puedan percibir, mientras tanto, las compensaciones de las compañías aseguradoras por el siniestro.
A este respecto, el plazo de seis meses se calcula desde la fecha de la primera cuota que queda suspendida por la aplicación de la carencia.
Novación del préstamo
También se ofrece a las personas afectadas la posibilidad de, una vez finalizado el plazo de carencia, formalizar una novación del préstamo al objeto de aumentar el principal por los importes no liquidados durante el periodo de la carencia de seis meses e incorporar en las cuotas futuras ese efecto de forma diluida en el tiempo para adecuarlas a la capacidad de pago real del prestatario.
Del mismo modo, esta norma no restringe la capacidad de las entidades financieras prestamistas de dar apoyo adicional a las personas afectadas u otras medidas que no están contempladas en la resolución que recoge la publicación del código de actuación de forma explícita y sobre otras deudas, con el alcance que cada una de las entidades consideres.
Además, las entidades adheridas aplicarán este código de actuación siempre que las personas afectadas lo acepten, bien por solicitud de estas o bien por iniciativa de la propia entidad prestamista.
En este sentido, cabe recordar que el plazo para formalizar la solicitud de las personas afectadas o, en su caso, la aceptación de estas si la iniciativa proviene de la entidad financiera, no podrá exceder de dos meses desde el día hábil siguiente a la fecha de la publicación de la resolución que estableció el código de actuación.