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María Dolores Jiménez pasa a ser concejala no adscrita tras su desvinculación del grupo Ciudadanos

María Dolores Jiménez pasa a ser concejala no adscrita tras su desvinculación del grupo Ciudadanos
  • El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado hoy la declaración de Jiménez como concejala no adscrita, y las condiciones que regulan su estatus en la Corporación

El Pleno Municipal ha aprobado la declaración de Mª Dolores Jiménez Díaz como regidora no adscrita, después de su desvinculación del Grupo Municipal Ciudadanos. La concejala mantiene sus derechos a la presentación de iniciativas en el Pleno y sus comisiones, con un tiempo de intervención en las sesiones que se fija en la mitad que el resto de grupos.

La regidora ha tomado la palabra en la sesión plenaria. «Yo no me he ido; me han echado», ha asegurado; y ha denunciado que el grupo Ciudadanos no le permite acceder a su ordenador y a sus documentos, por lo cual ha urgido en el Ayuntamiento a agilizar la puesta a disposición de medios materiales para continuar su trabajo en la Corporación.

El Pleno ha aprobado las nuevas condiciones que regirán la situación de la regidora. Su ubicación en las reuniones del Pleno cambia: desde hoy ya se localiza en la tercera fila del segmento central del Hemiciclo, en el escaño situado en la parte derecha (vista desde la tabla de la Presidencia). En cuanto al voto, según establece la normativa, se ponderará atendiendo la proporción de su representatividad en el Pleno.

Asimismo, se ha modificado la composición de las comisiones permanentes del Pleno, que pasarán a contar con ocho miembros, en lugar de los siete que la formaban hasta ahora, para facilitar el derecho de participación de la regidora no adscrita. Jiménez también mantiene el derecho a la presentación de mociones en el Pleno y sus comisiones: podrá plantear una moción cada dos sesiones; y no podrá formular propuestas de declaración institucional, aunque sí firmarlas a título individual. Además, puede presentar en cada sesión plenaria o de comisión un máximo de cinco preguntas.

Respecto a la duración de sus intervenciones, se ha concretado el tiempo máximo en dos minutos en el primer turno y en un minuto, en el segundo, excepto para la defensa de mociones que haya presentado, en cuyo caso dispondrá de cinco minutos en la primera intervención y tres minutos en la segunda. La Junta de Portavoces deberá remitirle puntual comunicación de todas las decisiones adoptadas que afecten al ejercicio de sus funciones de concejala. También mantiene el derecho a la información, idéntico al de los restantes miembros del Pleno, que deberá de ejercer de forma personal e indelegable.

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