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Anulación decreto copago centros dependencia

Un dictamen de la Clínica Jurídica de la UV clave en la anulación del copago

    La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el decreto del Consell que fija precios del copago de servicios sociales para mayores y discapacitados, en una sentencia que recoge los argumentos aportados en un dictamen por la Clínica Jurídica de la Universitat de Valencia a instancias del Cermi-CV (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) que recurrió dicho decreto.

    El tribunal anula el decreto al entender, en síntesis, que la naturaleza jurídica del copago establecido para el colectivo considerado especialmente vulnerable --discapacitados y mayores-- debe exigirse, en su caso, mediante una tasa, cuya aprobación ha de producirse exclusivamente mediante ley aprobada en las Corts, algo que no se hizo.

    El CERMI-CV pidió un dictamen a la Clínica Jurídica (por la Justicia Social) de la Universitat de València acerca de las bases jurídicas que podrían sustentar el recurso contencioso-administrativo contra el citado decreto. Un primer grupo de estudiantes de ‘Practicum’ de la Facultad de Derecho, matriculados en la Clínica Jurídica y tutorizados por dos profesores de la Facultad, preparó durante los dos meses siguientes un documento con cuatro fundamentos jurídicos, que más tarde se utilizó por la abogada del CERMI-CV para redactar el escrito de demanda, presentado en febrero de 2014.

    Poco tiempo después, la Sala de lo Contencioso del TSJCV (sección Tercera) admitió como prueba pericial, a instancias de la abogada, la aportación de un dictamen sobre la materia redactado por la Clínica Jurídica. El grupo de estudiantes de ‘Practicum’ del segundo cuatrimestre asumió este trabajo, que ocupó el resto del periodo lectivo, de modo que el dictamen se entregó en el TSJCV a mediados de mayo.

    La sentencia del TSJCV, conocida hoy, declara nulo de pleno derecho el decreto impugnado, al estimar la principal de las argumentaciones sostenidas en los dictámenes e informes de la Clínica Jurídica, que se incorporaron después al escrito de demanda; básicamente, que el decreto regula como precios públicos lo que no son sino tasas, una figura que tiene en el derecho español reserva de ley y que no se puede regular mediante una norma de la administración pública. Por ello, incurre en vulneración del principio de reserva de ley, el de legalidad en materia tributaria y el de jerarquía normativa.

    Devolución de lo pagado

    El fallo, que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, declara la “íntegra nulidad de pleno derecho del decreto impugnado” al considerar, como hizo la Clínica Jurídica, que los servicios regulados en el decreto constituyen “servicios asistenciales básicos e imprescindibles” dirigidos a un colectivo especialmente desfavorecido. La nulidad radical permite a los afectados por el copago reclamar la devolución de las cantidades abonadas hasta la fecha por este concepto.

    La resolución supone un varapalo considerable a las posturas mantenidas por la conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana, que sostuvo la legalidad del decreto, según explica el profesor Javier Palao, vicedecano de la Facultad de Derecho e investigador del Instituto de Derechos Humanos de la Universitat de València. “No es usual –añade- que una sentencia de los tribunales de justicia declare nula la integridad de una norma (los precedentes, en la Comunidad Valenciana, son muy escasos), como tampoco el que se condene en costas, en primera instancia, a la parte que pierde el litigio, como ha ocurrido en este caso”.

    Con actuaciones como ésta, valora el vicedecano, “la Clínica Jurídica (por la Justicia Social) de la Universitat de València, mantiene su compromiso de asistencia jurídica gratuita a los colectivos más desfavorecidos de la sociedad valenciana. La Clínica Jurídica es un proyecto docente de innovación educativa, puesto en marcha en 2006, en el que estudiantes tutorizados por profesores se enfrentan a situaciones, casos y clientes reales. De esta manera, añade, “se vincula el proceso de formación del jurista (en la asignatura de “Practicum”) con el compromiso con causas sociales y con el fortalecimiento de la deontología profesional. Se trata de una metodología educativa muy interesante desde la perspectiva de los derechos humanos, ya que permite a los alumnos obtener una mejor formación técnico-jurídica con una orientación más práctica, promueve su sensibilización, profundiza en la lucha por la efectividad de los derechos y fomenta la colaboración con la sociedad civil. Así, la Universitat de València diversifica su compromiso con esa misma sociedad y cumple con su función social de aportar el conocimiento a la comunidad de la que forma parte”.

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