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El Hospital General reforma sus estatutos hacia una gestión más ágil y austera

  • El nuevo modelo del Consorcio Hospital General avala su gestión pública y lo defiende de cualquier interés ajeno a sus fines

Los estatutos del Consorcio Hospital General, que se presentaron en la Comisión de Sanidad el pasado miércoles, se han modificado esta mañana tras la valoración de las intervenciones y los ajustes técnicos de los servicios jurídicos.

La reforma de estos estatutos se ha llevado a cabo para hacer más eficaz la gestión del consorcio y más eficiente en el uso de sus recursos sanitarios, manteniéndose fiel a los principios de austeridad y agilidad.

Austeridad porque la modificación de los estatutos conlleva una organización mas plana y transversal, que surge de la participación de los propios profesionales del hospital y que conllevará una reducción de costes directivos y de mandos superior a los 200.000€.

Agilidad porque se conforma un comité ejecutivo con competencias propias y, a su vez, con la posibilidad de tener competencias delegadas del Consejo de Gobierno para la toma de decisiones más ágiles. De este modo, se podrán afrontar de manera más eficiente los retos de futuro.

Pero el Consejo de Gobierno, máximo órgano del consorcio, sigue asumiendo las competencias de contratación y de personal, estableciéndose la posibilidad de su delegación. Con ello se garantiza la corresponsabilidad del máximo órgano de gobierno del consorcio.

Defensa de la gestión pública de excelencia
En el texto aprobado incorpora una expresa defensa de la gestión pública de excelencia. De ninguna manera en la nueva redacción se apunta la privatización.

Estos nuevos estatutos confirman el equilibrio exacto de un modelo de gestión pública que ha demostrado su eficiencia –el del Consorcio Hospital General–, con la voluntad de ser competitivo en el trabajo diario de atención a los pacientes y de cooperación para que la sanidad de los valencianos mejore.

Por otra parte, en el texto se han incorporado enmiendas para que la diputación garantice la integridad de su patrimonio, puesto que la diputación no tiene competencias en la gestión sanitaria y participa en el consorcio como portador del patrimonio y de la transferencia de los recursos sanitarios que recibe del Ministerio.

Por último, se han hecho modificaciones terminológicas y de referencias a disposiciones legales hoy vigentes, así como se han eliminado otras que habían sido derogadas.

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