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El Ayuntamiento expedirá tarjetas para facilitar a los vehículos comerciales el uso de las zonas de carga y descarga

    Ya está en vigor la modificación de la ordenanza municipal de tráfico por la que el Ayuntamiento expedirá tarjetas para vehículos autorizados al transporte y que por sus características (menos de 2.000 kgs.) no tienen posibilidad de obtener la tarjeta correspondiente. Los vehículos habrán de tener características comerciales y/o de transporte mixto, de dos asientos, y cuya actividad, toda o en parte, se desarrolle en su término municipal. Los vehículos turismo no entrarían en dicha definición.

    Para la concesión de dicha tarjeta deberá aportarse la siguiente documentación en el ayuntamiento:

    Particulares: Documentos acreditativo como titular de comercio, permiso de circulación del vehículo, ITV en vigor, impuesto municipal de circulación del vehículo, si se abona en otro municipio y seguro en vigor del vehículo.

    Comercios o empresas: Documento acreditativo como titular de comercio, permiso de circulación del vehículo, ITV en vigor, impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica, si es de otro municipio y seguro en vigor del vehículo.

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