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Nuevo límite al dinero en efectivo: no se podrán sacar más de 3.000 euros del cajero

Nuevo límite al dinero en efectivo: no se podrán sacar más de 3.000 euros del cajero
  • Hacienda ha hecho efectiva esta nueva medida con el fin de vigilar la circulación de capital y evitar posibles fraudes

El dinero en efectivo ha ido perdiendo notoriedad en los últimos años, y son ya contadas aquellas ocasiones en las que se hace uso del billete para efectuar cualquier compra. Las tarjetas de crédito, el pago con móvil, o incluso el smartwatch, son algunos de los medios más empleados a día de hoy en detrimento del efectivo.
 
Sin embargo, puede que sean varios los que se hayan llevado una sorpresa al acudir al cajero y ver que les era imposible extraer la cantidad deseada en metálico. Esto se debe a que hacienda ha implantado un nuevo límite en las operaciones de extracción de dinero en efectivo.

3.000 euros como tope

Hacienda ha cifrado en 3.000 euros el límite de dinero que una persona puede sacar del cajero en una sola operación. Bien es cierto que este límite tiene un poco de trampa, puesto que las propias entidades bancarias tienen fijado su propio límite particular. Aunque esta cantidad puede variar dependiendo de la entidad, suele oscilar en torno a los 600 euros. Sin embargo, no hay que preocuparse en caso de querer superar esos “600” euros, ya que la cantidad límite puede acordarse entre el cliente y el propio banco al que este pertenezca.

La llamada de los 1.000 

Aunque Hacienda establece en 3.000 euros la cantidad máxima a extraer del cajero, hay más “trabas” situadas antes de alcanzar dicha cantidad. En el momento en el que se solicite la extracción de 1000 euros (o más), se recibirá una llamada de la entidad bancaria correspondiente demandando una justificación para la retirada de tal suma de dinero, así como la identificación de la persona que desea efectuar la operación.


Ahora bien, si se desease sacar más de 3.000 euros en efectivo, no hay que preocuparse, puesto que es posible. El procedimiento para acometer dicha operación pasa por acudir a la entidad bancaria en la que se desee operar, y allí solicitar un justificante. Una vez hecho, el banco particular hará llegar la orden al Banco de España, que será el decisor último a la hora de aprobar o denegar la solicitud. Las características de este procedimiento están enfocadas a la detección y erradicación del blanqueo de capitales.
 

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