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La Generalitat Valenciana regula las salidas de las residencias de mayores inmunizadas

La Generalitat Valenciana regula las salidas de las residencias de mayores inmunizadas
  • Consulta aquí las condiciones ratificadas esta mañana en el pleno del Consell

El presidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, anunciaba ayer se acordaba flexibilizar las condiciones para visitar las residencias valencianas inmunizadas a raíz de los buenos datos epidemiológicos. Se trata de una de las medidas adoptadas dentro del paquete que entrará en vigor el lunes 12 de abril.

Así, el Pleno del Consell ha ratificado la resolución de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por la que se establece el plan de actuación ante la COVID-19 en las residencias de personas mayores dependientes, centros de día, las viviendas tuteladas y los CEAM-CIM, con el fin de adaptarla a la nueva realidad derivada de la vacunación.

La nueva resolución permite que las residencias de personas mayores que estén libres de COVID-19 y tengan una vacunación completa o de un 95 por ciento de las personas usuarias y trabajadoras permitan las salidas ordinarias de las y los residentes con vacunación completa hasta el nivel 3 de alerta y además contempla la pernoctación de hasta 3 noches fuera del centro sin que se tenga que sea necesario aislamiento. En el caso de los centros con vacunación incompleta quedarán suspendidas.

El texto normativo, que se ha trabajado con la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y con el sector, establece que en aquellos municipios que estén en nivel de alerta 1 y 2, las personas que residan en centros de mayores, independientemente de su grado de inmunización, podrán salir siguiendo el protocolo que establezca la dirección de la residencia.

No habrá restricciones para las salidas por razones de salud o terapéuticas, que se mantendrán en todos los niveles así como las motivadas por problemas de salud aunque tengan la consideración de demorable y las salidas vacacionales, que serán por periodos iguales o superiores a los 7 días.

El reingreso tras una salida con pernoctación se realizará de acuerdo con los criterios establecidos por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública sobre realización de pruebas y aislamiento, en función de la situación de vacunación del centro y de la persona residente, de la duración de la salida y el nivel de alerta del municipio de destino.

Los centros que cuenten con una vacunación completa deberán contar un 5 por ciento de plazas para garantizar el aislamiento, y esta cifra se mantendrá en el 10 por ciento en aquellos que no la tengan. Los espacios de aislamiento deberán contar con baño propio.

La nueva resolución también elimina el límite de familiares que acudan de visita el centro cuando el municipio esté en nivel de alerta 1 o 2, aunque se mantiene la obligación de solicitar cita previa y de que los encuentros se mantengan preferiblemente en espacios abiertos y siguiendo las medidas de higiene y protección.

Los centros en nivel de alerta 3, que cuenten con una vacunación completa, podrán mantener las visitas de manera escalonada a lo largo del día de una persona familiar, tutora o afín o de hasta 3 en el caso de personas convivientes, que podrán entrar juntas, siempre con cita previa y durante un tiempo no superior a una hora. Los centros con vacunación incompleta permitirán la visita de una única persona.

En cuanto a las visitas por personas ajenas al centro, salvo en el caso de las visitas de los y las residentes, quedan restringidas salvo por motivos justificados y con la autorización de la dirección del centro.

Las personas trabajadoras deberán utilizar en todo momento el equipo de protección individual cuando se encuentren dentro del perímetro del centro, y en el caso de aquellas que no estén vacunadas serán asignadas a grupos burbuja de personas residentes o usuarias con pauta de vacunación completa, evitando entrar en contacto con quien no esté vacunado.

Por su parte, las personas residentes o usuarias no vacunadas se integrarán individualmente en grupos burbuja de personas residentes vacunadas, no pudiendo haber, con carácter general, en la misma unidad convivencial otras personas residentes no vacunadas.

Recursos de atención diurna

Por otra parte, las personas mayores que acudan a centros de día independientes de residencias podrán asistir a los mismos en aquellos casos en los que la vacunación sea completa; mientras que los que no la tengan podrán atender a todos las personas usuarias si su infraestructura les permite mantener las distancias de seguridad e higiene, en caso contrario deberán establecer turnos rotatorios.

Los centros de día anexos a una residencia que tengan la vacunación completa podrán atender tanto a las personas residentes como a las no residentes, en los casos en que no se tenga la inmunización completa, deberán establecerse espacios diferenciados para atender a las personas que vivan en la residencia y a las que no lo hagan.

En cuanto a los centros de atención a personas mayores (CEAM y CIM), podrán realizar las actividades y los servicios de atención individualizada con un 75 por ciento de su aforo en el nivel de alerta 1, un 50 por ciento en el 2, solo en los casos en que esté prescrito cuando se entre en el nivel 3.

En cuanto a las actividades, solo se podrán realizar aquellas que requieran de una mesa y siempre con grupos no superiores a 6 personas; que deberán traer de casa el material que puedan necesitar.

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