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El Consell autoriza a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar la acción popular en el caso de violencia de género en Elche

  • Se trata de una mujer de 25 años que no había presentado denuncia previa por malos tratos

El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar ante la jurisdicción competente la acción popular en el caso relacionado con el asesinato en la Comunitat Valenciana de una víctima de violencia de género ocurrido en Elche.

Los hechos se remontan al pasado 2 de mayo, cuando una mujer de 25 años y nacionalidad española falleció como consecuencia de los hechos delictivos presuntamente cometidos por su compañero sentimental en la localidad de Elche.

El suceso no sólo constituye un caso de violencia de género, sino que también es un problema de ámbito social público de interés general, que obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa, con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos.

Según los datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales y e Igualdad, 16 mujeres han sido asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en lo que va de año, seis menos que en el mismo periodo de 2011.

Al igual que las otras 15 mujeres asesinadas en España desde el mes de enero por casos de violencia de género ejercida por sus parejas, la joven muerta este 2 de mayo no había presentado ninguna denuncia previa por malos tratos.

Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
La Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dispone en su artículo 36, que “la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat, el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogadas/os colegiadas/os, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana”.

La Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat, dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat integrados en la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat.

Asimismo, de acuerdo con esta ley, los abogados de la Generalitat no pueden iniciar acción alguna en nombre de la Generalitat sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente, siendo el Consell una de las autoridades competentes para el otorgamiento de las autorizaciones.

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