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La Guardia Civil de Alicante incauta dos aves rapaces disecadas

La Guardia Civil de Alicante incauta dos aves rapaces disecadas
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    La Guardia Civil de Alicante incauta dos aves rapaces disecadas  - (foto 2)

    La Guardia Civil de Alicante ha incautado dos aves rapaces disecadas porque según las leyes en vigor, su tenencia está prohibida. El local las exhibía como elemento decorativo.

    El pasado 14 de junio, el Servicio de Protección de la Naturaleza de Elche se encontraba realizando una inspección rutinaria en virtud de la lucha contra el comercio ilegal de medicamentos. Casualmente, en uno de los establecimientos inspeccionados, en concreto en una herboristería, los agentes hallaron a modo de ornato, dos aves rapaces disecadas.

    La legislación vigente al respecto, la Ley 13/2004 de Caza de la Comunidad Valenciana y la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, recogen que la tenencia de cualquier especie animal de fauna silvestre, viva o muerta, por parte de un particular, tiene que estar regulada. Así es, debe estar amparada por la correspondiente acreditación que su caza o captura, o su adquisición mediante comercio, se hayan producido de forma legal. Además, en el caso concreto de las aves rapaces, no están permitidas la caza ni la captura. Por lo tanto, en ningún caso existiría amparo legal para su comercio o tenencia.

    Por este motivo, la Guardia Civil ha incautado los dos ejemplares de la especie buteo buteo hallados en este comercio de Elche, procediendo además a formular la respectiva denuncia administrativa ante la Consellería de Medio Ambiente de Alicante. Las aves disecadas han quedado a disposición de la Autoridad.

    Desde la adhesión de España al Convenio CITES (Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora) el 16 de mayo de 1986, nuestro país se compromete con el establecimiento de una red mundial de controles del comercio internacional de especies silvestres amenazadas y de sus productos, exigiendo la utilización de permisos oficiales para autorizarlo. Por tanto, la protección se extiende a los animales y plantas, ya sean vivos o muertos, sus partes, derivados o productos que los contengan. Es decir, que también se protegen las pieles, marfiles, caparazones, instrumentos musicales, semillas, extractos para perfumería, etc. elaborados a partir de especímenes de especies incluidas en el Convenio.

    La conservación de la biodiversidad es un interés común a toda la humanidad y tiene una importancia crítica para satisfacer sus necesidades básicas. Es fundamental para la existencia del ser humano en la Tierra y constituye un componente clave de la sostenibilidad. Las estrategias para su protección, establecen y definen objetivos y acciones que promueven la conservación, el uso sostenible y la restauración del patrimonio y los recursos naturales terrestres y marinos.

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