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Donar el cuerpo a la ciencia: un compromiso con la medicina y con la formación de los sanitarios

Donar el cuerpo a la ciencia: un compromiso con la medicina y con la formación de los sanitarios
  • Tras desmantelarse una trama que se dedicaba la venta de cadáveres a universidades, es importante conocer los protocolos y límites para hacerlo

Hace pocos días conocíamos una macabra noticia: en la Comunitat Valenciana falsificaban documentación para la venta de cuerpos de personas ya fallecidas de hospitales y residencias. Este tema que destapó la Policía Nacional tras una ardua investigación en Valencia ponía a la luz un entramado criminal relacionado con la venta de cadáveres a universidades para su estudio.

El precio era de 1.200 euros por deceso y la trama llegó a facturar 5.040 euros a una universidad por realizar 11 incineraciones de cuerpos que, una vez estudiados, no aparecían reflejadas en las facturas emitidas por ninguna de las incineradoras que operan en la ciudad.

Esta noticia hizo reaccionar a varias universidades valencianas que se desmarcaron totalmente de la compra de los cadáveres. Una de ellas fue la Universitat Jaume I de Castellón que tiene en su página web información sobre la donación del cuerpo a la ciencia que permite estudiar el cuerpo humano en la facultad de Ciencias de la Salud, para los estudiantes del grado de Medicina y Enfermería.

Con estas donaciones permite a los alumnos tener conocimientos precisos de la estructura del cuerpo humano y de sus variaciones, además de desarrollar cursos y talleres en áreas específicas, mejorando el conocimiento y manejo quirúrgico.

La donación es “un acto de absoluta generosidad y compromiso con la ciencia y la formación de los futuros profesionales sanitarios”, señalan desde la UJI, quien respeta en todo momento el anonimato del donante, por lo que se preservará el anonimato de la persona.

La donación: por voluntad propia o de un familiar

Las donaciones del cuerpo de la persona ya fallecida pueden ser por voluntad propia o de un familiar.

En el caso de ser el fallecido quien en vida decidió donar su cuerpo a la ciencia para la investigación, debe ponerse en contacto con la Unidad de Donación y Docencia Anatómica de la UJI para informarse. 

El donante debe acudir con dos testigos a la Universidad para firmar el contrato de donación y se le hará entrega del carné de donante.

En el caso de que sea un familiar quien decida donar el cuerpo del fallecido a la universidad, deberá contactar con la UJI por teléfono y firmar el contrato de donación.

Pero, ¿cómo contacto con la universidad? ¿Qué límites hay en las donaciones?

Cuando una persona que ha decidido donar su cuerpo a la ciencia fallece, es imprescindible la intervención de la familia en el proceso de cumplimiento su voluntad, informa a través de su web la UJI.

Así, lo primero que hay que hacer es llamar al 964 38 77 14 y dar aviso del fallecimiento de la persona donante, en ese momento el departamento informa de los pasos a seguir. No hay que llamar a la funeraria, la universidad ya se encarga de recoger el cuerpo y trasladarlo a sus instalaciones de manera gratuita, además de rellenar los trámites legales.

Para proceder al traslado, el familiar deberá entregar la documentación correspondiente como el certificado médico de defunción, fotocopia del DNI de la persona donante y el carné de donante.

El aviso debe realizarse antes de las 24 horas siguientes a la muerte. Si el traslado no puede hacerse antes de las 36 horas posteriores a la defunción, la custodia del cuerpo deberá guardarse en una cámara refrigeradora portuaria para su conservación.

¿Quiénes pueden ser donantes?

Toda persona mayor de edad puede donar su cuerpo a la ciencia, aunque la UJI señala que existen limitaciones a la hora de aceptar una donación y son las siguientes:

  • En caso de que la persona donante presente una enfermedad infecto-contagiosa (hepatitis, VIH, tuberculosis, tifus, fiebre amarilla, cólera…), en el momento del fallecimiento, dado que supondría un peligro sanitario para las personas que se expusieran al contacto con dicho cuerpo.
  • En caso de presentar, en el momento del fallecimiento, infección activa por el virus SARS-CoV-2 (Covid 19).
  • Si se trata de un fallecimiento declarado como judicial-forense (accidente, agresión, etc.), ya que el proceso de preparación del cuerpo podría interferir con la práctica de las diligencias judiciales.
  • Si se ha practicado o debe practicarse la autopsia, pues la extracción de órganos interferiría en el correcto estudio anatómico del cuerpo. Tampoco sería posible, por tanto, la donación del cuerpo en caso de haber realizado previamente donación de órganos (a excepción de las córneas, que no suponen un obstáculo a la donación a la ciencia).
  • En caso de haber transcurrido más de 24 horas desde el fallecimiento o que el cuerpo presente lesiones o quemaduras extensas.
  • Si el fallecimiento de la persona donante se produzca fuera de la Comunitat Valenciana, dado que la Universitat no dispone de los medios para realizar correctamente el traslado. En este caso, la familia podría ponerse en contacto con la facultad de medicina más cercana.
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