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La UJI y la AVAP colaboran en la evaluación de la actividad investigadora del profesorado ayudante doctor y del personal investigador doctor

La UJI y la AVAP colaboran en la evaluación de la actividad investigadora del profesorado ayudante doctor y del personal investigador doctor
  • El acuerdo tiene como objetivo la mejora de la calidad del trabajo del personal docente e investigador

  • La AVAP aplicará criterios equiparables a los que utiliza la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora

El pleno del Consell ha aprobado el convenio entre la Universitat Jaume I de Castelló (UJI) y la Agència Valenciana d´Avaluació i Prospectiva (AVAP) para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado ayudante doctor y del personal investigador doctor

Este acuerdo responde al interés común de la UJI y de la AVAP en la mejora de la calidad del trabajo del personal docente e investigador.

La UJI, dentro de su estructura de personal, cuenta con profesorado ayudante doctor y personal investigador doctor no estable, vinculado a la institución mediante contrato, realizando las funciones docentes e investigadoras que les compete.

Por ello, considera que estos colectivos deben tener la posibilidad de ser evaluados en su actividad investigadora por los diferentes sistemas de evaluación existentes.

Por medio de este convenio, la AVAP evaluará la actividad investigadora de los citados colectivos aplicando un procedimiento y unos criterios de evaluación equiparables a los que utiliza la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) para evaluar al personal docente e investigador perteneciente a los cuerpos docentes universitarios y que se publican anualmente.

Además, la AVAP tiene competencias para realizar dicha evaluación de acuerdo con la Ley de universidades, la Ley de Creación de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP) y el Decreto del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP).

Convocatoria del proceso

La convocatoria del proceso se realizará por parte del rectorado de la UJI, que definirá el procedimiento, el plazo de presentación y la resolución de las solicitudes. Los servicios administrativos de la UJI comprobarán que la solicitud cumple los requisitos establecidos en la convocatoria.

Una vez finalizado el proceso de evaluación, la AVAP remitirá un informe a la Universitat Jaume I, que dictará la correspondiente resolución. La UJI además financiará los gastos que se deriven de este proceso.

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