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¿Qué son las residencias cohuosing con las que el Consell quiere aumentar la oferta de vivienda para personas mayores?

¿Qué son las residencias cohuosing con las que el Consell quiere aumentar la oferta de vivienda para personas mayores?
  • El gobierno valenciano ha aprobado una cuantía total máxima de las ayudas para el ejercicio 2024 será de 6.540.000 euros

El Consell ha sido informado del inicio del procedimiento de elaboración de la orden de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda para la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para el fomento de alojamientos y viviendas, a través del modelo ‘cohousing’, para personas mayores. 

Estas ayudas están reguladas por el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025, que incluye el programa de alojamientos temporales, a través de ‘cohousing’, con el objetivo de incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible o social tanto en entornos urbanos como en rurales. 

La Generalitat, dentro de su estrategia para el fomento de las medidas para posibilitar el acceso a la vivienda y con el objetivo de contribuir a la creación de un mercado del alquiler más amplio, incorpora subvenciones, complementarias a las del Ministerio, para personas usuarias mayores de 65 años que se encuentran en determinadas circunstancias de vulnerabilidad.

Por ello, y para instrumentar estas ayudas, la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, ha iniciado el procedimiento, del que el Consell ha sido informado, para la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria prevista para el ejercicio 2024. 

Debido a la especialidad y complejidad que requiere la aprobación de las subvenciones, será necesaria la aprobación conjunta de las bases y la convocatoria, lo que contribuirá a no demorar el procedimiento. 

La cuantía total máxima de estas ayudas para el ejercicio 2024 será de 6.540.000 euros, de los que 4.360.000 euros corresponden a la aportación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y 2.180.000 euros a la Generalitat, y tendrán carácter de gasto plurianual.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y podrán beneficiarse y, por tanto, ser solicitantes de las ayudas las personas físicas mayores de edad; las administraciones públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público y privado, así como las empresas públicas, privadas y público-privadas.

También podrán acceder a las subvenciones las fundaciones, las empresas de economía social y sus asociaciones, las cooperativas, incluidas las de autopromoción o autoconstrucción, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones declaradas de utilidad pública y entidades sin ánimo de lucro. 

Las ayudas se destinarán a la creación de unidades residenciales tipo ‘cohousing’ de nueva construcción o rehabilitadas. Los promotores de dichas actuaciones podrán recibir de hasta el 75 % de la inversión, 630 euros por metro cuadrado o 75.000 euros por unidad residencial, entre las ayudas procedentes del Ministerio y de la Generaliat. 

Modalidades residenciales tipo ‘cohousing’

Las modalidades residenciales tipo ‘cohousing’ hacen referencia a un modelo de convivencia en el que sus integrantes comparten espacios comunes, pero tienen al mismo tiempo alojamientos o viviendas totalmente independientes en los que es posible tener una privacidad total.

Por tanto, las residencias que optarán a estas ayudas deben ser coherentes con el concepto de ‘cohousing’ y tener, como mínimo, un 10 % de la superficie de espacios comunes de interrelación, calificación energética A, ser accesibles, y cederse en uso o alquilarse a unidades de convivencia formadas por personas de, al menos, 65 años que en conjunto no cobren más de 5 veces el valor del IPREM, durante un plazo mínimo de 20 años. 

El precio del alquiler o de la cesión en uso de las unidades residenciales será proporcional a su superficie útil y no podrá superar el importe de 7,50 euros mensuales por metro cuadrado de superficie útil de unidades residenciales.

Para la concesión se tendrán en cuenta criterios de selección objetivos: necesidad de vivienda del municipio, riesgo de despoblación, porcentaje de unidades residenciales accesibles, porcentaje de viviendas de protección pública, incremento del plazo mínimo de 20 años de cesión en uso o alquiler, propuestas innovadoras y madurez de la propuesta.

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