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Ya se pueden solicitar las ayudas del Plan Renhata para la reforma y rehabilitación de viviendas de más de 20 años

Ya se pueden solicitar las ayudas del Plan Renhata para la reforma y rehabilitación de viviendas de más de 20 años
  • El presupuesto de la GVA es de 3,92 millones de euros, con un máximo de 12.000 euros por vivienda, y las solicitudes se pueden presentar hasta el próximo 31 de mayo

La Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, dependiente de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática ha convocado las subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de Reforma de interior de Vivienda (Plan Renhata). La convocatoria fue publicada el pasado 20 de abril en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, por lo que ya se pueden solicitar hasta el 31 de mayo.

Las ayudas suponen una inversión total de 3,92 millones de euros y su abono estará sujeto a la ejecución presupuestaria de la Generalitat Valenciana en dos anualidades (920.000 euros 2021 y 3 millones en 2022). Las ayudas pueden llegar hasta los 12.000 euros y están destinadas a domicilios con más de 20 años de antigüedad.

Podrá ser beneficiaria cualquier persona física que sea propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunidad Valenciana. Las obras podrán estar finalizadas en el momento de la solicitud, pero en todo caso se tendrán que haber acabado como máximo en los seis meses posteriores a la publicación de la resolución de concesión de las ayudas al DOGV. Las obras tendrán que haberse iniciado después del día 1 de enero de 2020 y se tendrán que haber finalizado después del veintidós de junio de 2020.

La presentación y el procedimiento de tramitación se tendrá que hacer con la ayuda de un técnico colaborador (la relación se puede consultar en la web www.habitatge.gva.es) y se realizarán mediante registro electrónico, teniendo que estar firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido por parte de la administración electrónica de la Comunidad Valenciana y expedido por la Generalitat o cualquier otro prestamista de servicios de certificación con el cual la Generalitat haya firmado un convenio. En la solicitud se indicará si las obras están ya acabadas o si están pendientes de inicio o de finalización, y tendrán que ir acompañadas de la documentación pertinente que se puede comprobar al documento publicado al DOGV.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses a contar a partir de la publicación de la resolución de la convocatoria. Transcurrido este tiempo sin que se haya dictado y publicado resolución exprés, las personas solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

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