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El Pleno modifica la ordenanza del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana

El Pleno modifica la ordenanza del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana
  • El expediente sale adelante gracias a los votos a favor de PSPV-PSOE, Compromís y Esquerra Unida por lo que el ayuntamiento recaudará aproximadamente 183.000 euros menos

El Ayuntamiento de Sagunto ha celebrado esta mañana un pleno extraordinario y urgente de la Corporación Municipal. En él se ha tratado el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía) como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 y del Real Decreto de Ley 26/2021, de 8 de noviembre, el cual ha sido defendido por el portavoz del grupo municipal PSPV-PSOE, Javier Raro.

La modificación de esta ordenanza ha sido aprobada gracias a los votos a favor de PSPV-PSOE, Compromís y Esquerra Unida; Iniciativa Porteña, Partido Popular y Vox han votado en contra; y Ciudadanos y el concejal del grupo de no adscritos se han abstenido.

En consecuencia, la nueva ordenanza no someterá a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos. Además, se introduce un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en que se constate, a instancia del interesado, que no se ha producido un incremento de valor. Asimismo, se modifica el sistema objetivo de determinación de la base imponible del impuesto, para que, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y, en su caso, la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, refleje en todo momento la realidad del mercado inmobiliario y sustituyéndose los anteriormente vigentes porcentajes anuales aplicables sobre el valor del terreno para la determinación de la base imponible del impuesto por unos coeficientes máximos establecidos en función del número de años transcurridos desde la adquisición del terreno, que serán actualizados anualmente.

También, se introduce una regla de salvaguarda con la finalidad de evitar que la tributación por este impuesto pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica, permitiendo, a instancia del sujeto pasivo, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido, convirtiendo esta fórmula de determinación objetiva en un sistema optativo que solo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso de su derecho a determinar la base imponible en régimen de estimación directa.

Teniendo esto en cuenta, y de acuerdo con el informe sobre el impacto financiero obrante en el expediente se prevé un impacto financiero negativo para el ayuntamiento de 183.428,95 €.

El acuerdo aprobado hoy, se expondrá al público por un periodo de treinta días mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de los de mayor difusión provincial, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse ninguna reclamación contra los acuerdos adoptados, se entenderán definitivamente aprobados los acuerdos hasta entonces provisionales.

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