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El MARM evalúa favorablemente el proyecto de acondicionamiento del barranco de Mandor

  • Las áreas de integración constituyen una de las principales medidas que se han establecido para corregir el estado de degradación actual del espacio fluvial y al mismo tiempo minimizar y compensar impactos ambientales

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ha evaluado favorablemente la realización del proyecto “Acondicionamiento del Barranco Mandor en el término municipal de L’Eliana y Ribarroja del Turia”, siempre y cuando se autorice en las condiciones señaladas en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), publicada hoy en el BOE. Estas condiciones se han deducido del proceso de evaluación ambiental y con su aplicación quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

El objeto del proyecto es definir las obras necesarias de adecuación del barranco Mandor para cumplir los siguientes objetivos: defender a la población de las avenidas e inundaciones, como principal objetivo; recuperar ambiental y paisajísticamente el espacio fluvial y llevar a cabo una integración social y la vertebración del núcleo urbano.

La presencia urbanística de diversas infraestructuras y la ocupación del cauce por la agricultura han provocado una reducida capacidad de drenaje ante avenidas en ciertos tramos. Paralelamente se persigue compatibilizar las exigencias de seguridad y defensa de la población frente a las avenidas con la recuperación del espacio fluvial.

El proyecto contempla una serie de labores previas, como la eliminación de una serie de edificaciones e infraestructuras, fundamentalmente asociadas al uso agrícola. Se trata de elementos que se encuentran en desuso o que quedarán obsoletos y sin utilidad como consecuencia del cambio de uso.

Las áreas de integración constituyen una de las principales medidas correctoras que se han establecido para corregir el estado de degradación actual del espacio fluvial y al mismo tiempo minimizar y compensar impactos ambientales.

La DIA recoge una serie de restricciones para evitar afecciones a la fauna, sistema hidrológico, erosión, etc. Al tiempo que marca las medidas sobre las instalaciones auxiliares, parques de maquinaria, acopios y restauración del área afectada.

Entre otras de las disposiciones recogidas en la DIA, se exige evitar la turbidez de las aguas y su contaminación por vertidos; respetar las manchas de vegetación autóctona y los ejemplares arbóreos relevantes; adaptar el calendario de obras al periodo reproductor de las aves y resto de la fauna presente y llevar a cabo la restauración ambiental e integración paisajística del acondicionamiento hidráulico del barranco.

Asimismo, durante las labores de construcción, la DIA establece que se asegure la permeabilidad transversal y longitudinal del territorio, garantizando en todo momento el paso de personas, vehículos, maquinaria agrícola y de ganado.

La reposición de los servicios afectados y la realización del acondicionamiento del barranco se llevarán a cabo de manera que no se vean interrumpidos estos servicios para evitar repercusiones negativas sobre el humedal y explotaciones agrícolas.

El proyecto incluye un Programa de Vigilancia Ambiental que tiene como objetivo principal el seguimiento y control de los impactos y la comprobación de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

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