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Cultura redelimita el entorno de protección de la Masía Fortificada Torre El Palomar en San Mateo

  • Se trata de un Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento

La conselleria de Cultura y Deporte ha redelimitado el entorno de protección de la Masía Fortificada Torre el Palomar emplazada en el término municipal de San Mateo (Castellón) y ha establecido la normativa de protección del Monumento y su entorno.

La Masía Fortificada Torre el Palomar emplazada en el término municipal de San Mateo (Castellón), constituye un Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento. Se articula su correspondiente normativa protectora, se amplia el plazo para resolver el procedimiento de quince a veinte meses y se somete de nuevo el mismo a trámite de información pública.

La delimitación de sus entornos de protección se establece en función de criterios topográficos y paisajísticos, La delimitación se establece en función de criterios tipológicos y paisajísticos. Al tratarse de una masía rodeada de campos, se incluyen en el perímetro de protección las parcelas rústicas más próximas y las carreteras y los caminos rurales desde donde es posible su contemplación como tal. Se ha ampliado el entorno de protección hasta la carretera de Morella y de Castellón a Zaragoza.

La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda ha informado la propuesta de Orden delimitadora del entorno elevada a su consideración en el tramite de la elaboración reglamentaria, en el sentido de complementar la unidad o recurso paisajístico cultural en el que se integra la Masía Fortificada, lo que se exige la ampliación de su entorno de protección, y perfeccionar la normativa del mismo, tutelándose tanto el arbolado existente como el cercamiento o cerramiento tradicional de las fincas que lo conforman, impidiéndose los elementos que interfieran o rompan la armonía del paisaje rural.

Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la puesta en valor y disfrute patrimonial del Bien y contribuyan a la consecución de dichos fines.

No se permitirán instalaciones o elementos emergentes tales como farolas, silos, marquesinas, rótulos, depósitos elevados etc. ue perturben el carácter rústico del ámbito protegido. No se permitirán los vallados no tradicionales así como muros, cierres o el depósito permanente de elementos materiales que rompan con la armonía del paisaje rural tradicional o desfiguren su visión o la del propio monumento.

A fin de preservar el paisaje histórico del monumento, no se autorizarán nuevas edificaciones para cualquier uso, quedando expresamente prohibidos los vertidos de residuos y movimientos de tierras, salvo los requeridos para su estudio y conservación.

La orden de esta delimitación se puede consultar en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), publicado el jueves 5 de marzo.

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