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Por José Luis Ramos
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¿La rebelión de las togas, es en defensa de la igualdad, o contra un gobierno que no les gusta?

    Todas las personas están legitimadas para defender sus creencias políticas. Pero cuando se manifiestan opiniones sobre cuestiones técnicas, como pueden ser de derecho, amparados en la titulación académica de letrado, conviene ser coherente y trasparente para resultar convincente. Muchas de las personas en contra de la amnistía que se tramita, dicen que lo hacen porque rompe la igualdad de las personas. No dudo que así piensen algunas personas que se manifiestan contra la amnistía, pero permítanme que dude, que la defensa de la igualdad, sea una causa que preocupe a la gran mayoría de los que se han manifestado con toga contra la amnistía.

    En mi opinión, lo que ha movilizado a la mayor parte de la estructura jurisdiccional y administrativa competente para aplicar la ley, es tratar de evitar que las Cortes en sus funciones constitucionales elija un gobierno progresista. Dicho de otro modo, les mueve no aceptar un resultado electoral que no les gusta. En la aplicación de la ley, para conocer la intención del autor de los actos que se juzgan, se tiene en cuentas sus antecedentes ante hechos equivalentes y la coherencia se sus actuaciones respecto lo que se declara. Así las cosas, pasaré citar hechos que hemos vivido y vivimos en España, contrarios a la igualdad de las personas.

    De quien haya mantenido el silencio ante los mismos, confieso, que no me creeré que ahora se mueva preocupado por el derecho constitucional a la igualdad.

    Entre otros hechos, podemos citar:

    1. La Ley de Amnistía de 1977, incluía la amnistía laboral a los despedidos por participar en huelgas durante la dictadura. Algunos fuimos a los tribunales y obtuvimos sentencias declarando el derecho a volver a nuestro antiguo puesto de trabajo. Pero no pudimos volver porque las empresas no nos admitieron y los tribunales dijeron que no podían obligar a las empresas a cumplir las sentencia. Ello, era, y es contrario, al derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE.

    2. Hay mujeres que no perciban el mismo salario, que recibe el hombre, por el mismo trabajo, eso ha pasado y sigue pasando a pesar que la CE prohíbe la discriminación por razón de sexo.

    3. Los ingresos que se obtienen por vía impuesto, es el arma más efectiva que tiene el Estado para reducir la desigualdad de oportunidades que gozan las personas, entre los que tienen patrimonio y los que no lo tienen. Sin embargo, ante las amnistías fiscales, (De 1985, 1991 y 2012) los que ahora proclaman que actúan motivados por defender la igualdad, no dijeron nada.

    4. La diferencia de igualdad de oportunidades entre las personas, fundamentalmente, está motivada por el patrimonio que se tiene. Se está reduciendo o eliminando el impuesto de sucesiones, con ello el Estado renuncia a obtener unos ingresos que le permita reducir la desigualdad de oportunidades, y opta por mantener la desigualdad de oportunidades, entre los que tienen patrimonio y quien no tiene.

    5. Nuestra constitución establece la jefatura de Estado hereditaria, que es contrario a la igualdad proclamada en el derecho internacional referido a los derechos humanos.

    6. La constitución establece la prevalencia del varón sobre la mujer, en la Jefatura de Estado hereditaria. Ello supone una discriminación por razón de sexo, contraria a los derechos humanos.

    7. Mientras la inmunidad del Jefe de Estado, en las democracias de nuestro entorno, se interpreta que solo incluye los actos en ejercicio como Jefe de Estado, en España, los Tribunales interpretan que se incluyen todos los actos, incluso los que puedan constituir delitos de cualquier naturaleza. Lo que supone una desigualdad incompatible con los derechos humanos.

    8. Art. 47 CE dice: “La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes público”. Para hacer efectivo ese mandato la legislación urbanística obliga a ceder al Patrimonio Municipal de Suelo el 10% del suelo edificable para que los Ayuntamientos, obligatoriamente, lo destinen a la construcción de VPO, para personas que no pueden acceder a la vivienda en el mercado libre. Sin embargo, ese patrimonio se ha vendido a precios irrisorios, y el dinero de lo han gastado para tapar agujeros del gasto ordinario. Dicho de otro modo, se ha robado a los más vulnerables y no conozco a ninguno de los que se han manifestado con toga, en la supuesta defensa de la igualdad, que dijera algo.

    9. Los medios destinados a reducir la suciedad y el ruido en los barrios son menores que en el centro de las ciudades. Los servicios de ambulancia, para atender los infartos, tardan más en los barrios porque están pensados para atender antes al centro de la ciudad. Esas desigualdades no parecen preocupar a quienes ahora se oponen a la amnistía. ¿Será porque no viven en barrios, o es que piensan que eso no es discriminación?

    10. Los aumentos de sueldo porcentuales, iguales para todos, incrementan la desigualdad. Es decir, la diferencia entre el que cobra, 1.000 y el que cobra 5.000, se incrementa en aumentos porcentuales iguales. Sin embargo, no conozco a nadie de los letrados que se oponen a la amnistía que defienda que los aumentos salariares tienen que reducir las diferencias salariales y no incrementarlas.

    Podría a seguir con ejemplos. La lista sería interminable, y nos excederíamos. Solo recordar que nuestro Código Penal, hasta el mes de mayo de 1996, en el punto tercero de su artículo 112, referido a la extinción de la responsabilidad penal, textualmente decía: “Por amnistía, la cual extingue por completo la pena y todos sus efectos”. Algunos de los que hoy se manifiestan con toga contra la amnistía, por supuesta infracción del derecho constitucional a la igualdad, la aplicaron en su día sin plantear cuestión de inconstitucionalidad alguna.
    En mi opinión la calidad de la justicia española es equiparable a las democracias de nuestro entorno. Excepto cuando se resuelven asuntos de trascendencia política. En esos casos creo que a la hora de resolver pesa más la ideología que el principio de legalidad. Así las cosas, aunque legalmente se pueda justificar la amnistía, según han aplicado otras democracias de nuestro entorno, si tenemos en cuenta todos los que se han manifestado contra la amnistía, ya antes de conocer el texto, cualquier cosa cabe esperar.

    PD. Según informó Elisa Beni, se han manifestado contra la amnistía: “el CGPJ, salas de gobierno del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias, jueces decanos, todas las asociaciones de jueces y fiscales, abogados del Estado, técnicos comerciales del Estado, Laj's, letrados de la Seguridad Social, procuradores, notarios, diplomáticos, inspectores de Hacienda, inspectores de Trabajo, interventores y auditores del Estado, cuerpos superiores de la Administración del Estado y Local, decenas de colegios de Abogados incluido el de Madrid el más grande de Europa, cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado, asociaciones de la sociedad civil y asociaciones empresariales”.

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