El TSJ obliga a Les Corts a indemnizar con 100.000 euros a la exgerente de FGV por difamación en la comisión del metro
Los tribunales consideran que el dictamen parlamentario vulneró su derecho al honor al atribuirle responsabilidades ilícitas tras el accidente de 2006
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha reconocido el derecho de la exgerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Marisa Gracia, a recibir una indemnización de 99.343 euros por los daños y perjuicios sufridos a raíz del dictamen de la comisión de investigación de Les Corts sobre el accidente del metro de Valencia de 2006, en el que murieron 43 personas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente el recurso presentado por la exdirectiva contra la decisión de la Mesa de Les Corts, que en 2021 había rechazado su reclamación de responsabilidad patrimonial. Los jueces entienden que el informe parlamentario vulneró su honor al incluir acusaciones que iban más allá del ámbito político y afectaban directamente a su reputación personal.
El tribunal aplica en este caso los mismos criterios que el Tribunal Constitucional estableció en 2018, cuando falló a favor de otro exdirectivo de FGV, el exresponsable de Recursos Humanos, al considerar que la comisión parlamentaria también había dañado su imagen. Ese exdirectivo ya fue indemnizado con 10.000 euros por el propio TSJCV en una sentencia que quedó firme en 2024.
Según la nueva resolución, la comisión creada en 2016 atribuía a Gracia una “responsabilidad política por actos ilícitos” en su gestión al frente de FGV tras el siniestro del metro, pese a que ella fue exonerada de toda responsabilidad penal por un juzgado.
El tribunal recuerda que “las imputaciones de conductas ilícitas que excedan del ámbito de la investigación parlamentaria constituyen una lesión al derecho al honor”, y concluye que las valoraciones sobre la exgerente supusieron un perjuicio moral que merece ser reparado económicamente.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, desestima otras peticiones de la exgerente, como la de obligar a Les Corts a retirar formalmente las afirmaciones del dictamen o a declarar su nulidad. No obstante, el TSJCV sí ordena publicar el fallo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el boletín oficial de Les Corts.






