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Un matrimonio valenciano enfermo gana la batalla a Hacienda por la Renta de 2017

Un matrimonio valenciano enfermo gana la batalla a Hacienda por la Renta de 2017
  • El Ministerio les reclamaba 4.500 euros de una anualidad, aunque la deuda podría haber superado los 20.000 euros

Jaque a Hacienda. Un matrimonio valenciano ha logrado ganar la batalla al Ministerio por la Renta de 2017 y su caso podría ser el de muchas personas que han trabajado una parte de su vida en el extranjero.

Concretamente esta pareja emigró a Francia en la década de los 90, permaneciendo una década en el país vecino, y en el año 2000 regresaron a Valencia. En la actualidad, ambos tienen una incapacidad permanente absoluta que les impide trabajar: él sufre leucemia en estado avanzado y se encuentra en tratamiento con quimioterapia, mientras que la mujer padece desde 2015 el síndrome de Brugada, una malformación cardiaca de origen genético que pueden provocarle síncopes o incluso muerte súbita en cualquier momento.

El matrimonio, a finales de 2021, recibió una carta de Hacienda en la que el organismo público le reclamaba cerca de 4.500 euros correspondientes a la Renta de 2017. La mujer ya cobraba una pensión por su enfermedad en España y, por el mismo concepto, recibía una de Francia. Sin embargo, Hacienda sólo le reconocía la exención de la pensión española y le requería directamente este pago por no haber tributado por la pensión francesa. “La pareja, además, se temió lo peor pues pensaron que el ente público podría reclamarles una cantidad similar por las declaraciones de la Renta de los ejercicios posteriores, generándose una deuda que podría superar los 20.000 euros”, afirma Juan Luis Benlliure, abogado del matrimonio valenciano.

Para casos similares, el Tribunal Supremo hasta ahora siempre había dado la razón a la Agencia Tributaria y, tras consultar tanto a asesores de la Seguridad Social como a especialistas en la materia de pensiones del extranjero, todos coincidían en que no había nada que hacer. Además, al haber presentado el matrimonio la declaración de la Renta conjunta, hacía que se dispararan las cantidades a pagar, sin posibilidad de rehacerla de manera individual. El despacho de abogados parecía tener todo en contra, pero encontró un resquicio para la defensa del caso: Hacienda debe reconocer la exención en Renta de la pensión extranjera si la Seguridad Social española ha examinado previamente la salud del contribuyente.

En el caso del matrimonio valenciano, ella, antes de pedir la pensión de Francia, ya había recibido el visto bueno de la Seguridad Social respecto a su incapacidad, por lo que no tenía sentido que ahora Hacienda pidiera una segunda revisión por las cantidades cobradas en el país vecino. Benlliure Salañer basó principalmente en este argumento el recurso presentado ante Hacienda. Esta semana ambos recibieron por fin una buena noticia: la Agencia Tributaria les ha notificado a que anulaba la cantidad solicitada, estimando íntegramente su argumentación.

“La conclusión es que Hacienda debe reconocer la exención en Renta de las pensiones extranjeras si la Seguridad Social española ha examinado previamente la salud del contribuyente, y haya reconocido su incapacidad permanente”, concluye el abogado valenciano Juan Luis Benlliure, que con la estimación del recurso ganado sienta un precedente legal del que podrían beneficiarse en un futuro miles de contribuyentes.

 

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