elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Regularización catastral voluntaria abierta hasta el 30 de diciembre sin sanción en caso de omisión

Regularización catastral voluntaria abierta hasta el 30 de diciembre sin sanción en caso de omisión
  • Hasta el 30 de diciembre, los ciudadanos pueden regularizar la situación catastral de sus inmuebles urbanos y rústicos con construcción para que tributen en el IBI correctamente, conforme a la realidad

  • Al tratarse de una regularización, no habrá sanción en caso de incumplir la obligación de declarar nuevas construcciones, reformas, rehabilitaciones o ampliaciones

MÁS FOTOS
Regularización catastral voluntaria abierta hasta el 30 de diciembre sin sanción en caso de omisión  - (foto 2)

El Ayuntamiento de Gandia ha iniciado el procedimiento de regularización catastral, publicado el pasado lunes día 7 en el BOE, con el objetivo de que todos los inmuebles urbanos y rústicos con construcción del municipio figuren en el Catastro y tributen correctamente en el IBI, conforme a la realidad.

El teniente de alcalde de Economia y Hacienda, Guillermo Barber, ha informado en rueda de prensa sobre este procedimiento, que finalizará el 30 de diciembre. “Cada propietario ha de informar al catastro para que se incorporen las omisiones e incorrecciones detectadas en relación a tales inmuebles, provocadas por el incumplimiento de la obligación de declarar de forma completa y correcta ante el Catastro, por ejemplo, nuevas contrucciones, reformas, rehabilitaciones o ampliaciones”, ha indicado Barber, quien ha destacado que “no tiene efecto retroactivo, sino que lo que se hace es abrir un periodo para que los propietarios que han realizado cualquier tipo de cambio y no lo han comunicado, lo hagan”.

Al tratarse de una regularización, no habrá sanción por el incumplimiento de obligación de declarar detectado. Y finalizado dicho proceso, las omisiones que se detecten sí serán objeto de inspección catastral e imposición de sanciones catastrales. La regularización se financia con el cobro de la tasa por este concepto, que se liquidarà directamente por el Catastro al titular catastral del inmueble a regularizar. Por lo tanto, no supone gasto para el Ayuntamiento.

Respecto al procedimiento, las actuaciones se entenderán con los titulares catastrales actuales y normalmente se seguirà la tramitación abreviada, en la que el ciudadano recibe acuerdo de inicio con propuesta de regularización; concesión de trámite de audiencia para formulación de alegaciones; y liquidación de la tasa por regularización (60 euros). Si no se formulan alegaciones, la propuesta de regularización se convierte, automáticamente, en definitiva; y en caso de alegaciones, serán resueltas por el Catastro, notificándose al interesado la resolución que corresponda.

Subir