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Reig: "El Gobierno utiliza una triquiñuela para no dar información a la oposición"

  • El Portavoz Popular Javier Reig afirma que su grupo no va a tolerar que no se les facilite la información a la que tienen derecho por ley.

El Portavoz Popular Javier Reig ha denunciado por enésima vez la falta de información que viene sufriendo el Grupo Municipal por parte del Gobierno. Reig ha puesto como ejemplo que el 17 de Mayo del 2010 el portavoz Arturo Torró presentó por registro de entrada la solicitud de la información referente al 2º tramo del Tranvía. El día 21 del mismo mes salió el coordinador de Gobierno Alfredo Boix contestando que en los próximos días no sólo el Grupo Popular tendría esa información, sino que se le facilitaría a todos. De eso hace ya un mes y como ha afirmado Reig “esa información ni está ni se le espera”. Este es sólo un ejemplo que ha puesto de relieve el portavoz popular, aunque según ha señalado “hay muchos otros, como la información referente a los contratos del Centre Esportiu Roís de Corella o de las Empresas Públicas”.

Como ya se ha denunciado anteriormente, el Gobierno Municipal está utilizando una estratagema legal para no facilitar ni dar esa información a la que, según Javier Reig “tenemos derecho constitucionalmente los miembros de la oposición en un Ayuntamiento”.  El Gobierno Municipal está contestando dentro de los 5 días a los que están obligados, pero se acogen al artículo 42. 5 apartado C de la Ley 30/92 para dejar en suspenso la petición. Javier Reig ha incidido en que su Grupo Municipal no va a admitir esto de ninguna manera porque se trata de un “fraude de ley”. Según ha explicado el portavoz popular la Ley 30/92 cuando habla del acceso de la información de los ciudadanos en el artículo 37 en el apartado 6 dice que “se regirán por sus disposiciones específicas: el acceso a los documentos obrantes en los archivos de las Administraciones Públicas por parte de las personas que ostenten la condición de Diputado de las Cortes Generales, Senador, miembro de una Asamblea legislativa de comunidad Autónoma o de una Corporación Local”. En este punto deberá regirse por el Artículo 14 de la ROF, en el que se explica claramente que:

1) Todos los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función.

2) La petición de acceso a las informaciones se entenderá concedida por silencio administrativo en caso de que el Presidente de la Comisión de Gobierno no dicten resolución o acuerdo denegatorio en el término de cinco dçias, a contar desde la fecha de solicitud.

3) En todo caso, la denegación del acceso a la documentación información habría de hacerse a través de resolución o acuerdo motivado.

Con esto, el portavoz popular Javier Reig ha manifestado que el Gobierno utiliza una estrategia legal “que no sirve para nada” y que su Grupo Municipal va a seguir demandando esa información que no se haya denegado de forma motivada en un plazo de 5 días según establece la ley. “Si es preciso, pasados los 5 días, subiremos a secretaría y en el supuesto de que esa documentación no se ponga a nuestra disposición por silencio administrativo pediremos al secretario que mediante una diligencia haga constar que la documentación no se encuentra en su poder, y si fuera necesario acudiríamos con un notario”.

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