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César González recurre ante el TSJ la sentencia que avala la denegación de información pública

  • Desmiente tajantemente que haya sido sancionado con una multa de 5.000 euros por acudir a los tribunales

El concejal de Elda César González ha recurrido en apelación, ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, la reciente sentencia que desestima el contencioso administrativo para la protección de los derechos fundamentales contra la resolución de diciembre de 2013 de la concejala Contratación, la popular Ana Gonzálvez, denegando el derecho a la información pública de asuntos relativos al nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

González ha manifestado que “el acceso a la información pública es un derecho fundamental de los ciudadanos y debe aplicarse para conseguir una administración transparente”. “Con esta actuación”, ha añadido, “lo que pretendo es que se frenen las actuaciones ilegítimas del PP y defender los derechos de los ciudadanos a la hora de acceder a cualquier información pública”. A este respecto, ha recordado las conclusiones del último informe del Síndic de Greuges, donde sitúa al Ayuntamiento de Elda como “el más opaco, poco transparente, y de poca calidad” de toda la Comunidad Valenciana.

El edil, además, ha desmentido “tajantemente las manipulaciones torticeras de la concejala Gonzálvez, quien manifestó que como consecuencia de este proceso se me había impuesto una multa de 5.000 euros, algo totalmente falso e incierto, porque en el recurso mantengo la petición de que se condene en costas al Ayuntamiento”. “En la cabeza de ninguna persona sensata puede caber”, ha explicado, “que a alguien le puedan multar por pedir amparo a la justicia, pero ella, en su afán leguleyo y como ya hiciera cuando el PP me denunció falsamente por injurias y calumnias –dijo que me podían caer dos años de cárcel o 100.000 euros de multa-, todo lo tergiversa para generar una imagen negativa de mi persona”.

El edil ha recordado que la concejala de Contratación denegó su solicitud de información, sin dar ningún motivo aparente y porque consideraba que “no era procedente en este momento, sin argumentar las razones y arrogándose, en prueba de su prepotencia, unas facultades de las que carece”. “La denegación de acceso a la información fue absoluta y total, es decir, se denegó tanto la entrega de las copias solicitadas como el acceso a la información del expediente en las dependencias municipales”, ha explicado.

Sin embargo, la sentencia de 7 de julio considera “erróneamente” que no se vulnera el derecho fundamental, señalando que “no se da la información en ese momento, pero que posteriormente sí se pudo acceder a ella”, pese a que la información se facilitó cinco meses más tarde de la fecha de solicitud y “cuando ya era totalmente inútil a todos los efectos, porque la información es un bien perecedero y la tardanza la priva de todo su valor e interés o capacidad de actuar, máxime si estamos tratando de la aprobación de un PGOU, con los plazos que se establecen y el gran interés que ostentan los ciudadanos en su buena tramitación y transparencia”, ha resaltado el concejal.

“Hay que destacar”, ha manifestado González, “la mala fe y la práctica totalmente ilegal y arbitraria del PP, quedando constatado el hecho de que ni siquiera quedó reflejada dicha denegación en el Libro de Actas del Ayuntamiento, no queriendo la administración dar publicidad de su negligente actuación”.

La sentencia recurrida tampoco hace ninguna mención a lo solicitado por el Ministerio Fiscal, que en la celebración de la vista oral, no tuvo duda en solicitar la condena del Ayuntamiento y adherirse a las pretensiones en defensa de los derechos fundamentales, con una desarrollada argumentación jurídica que ni siquiera menciona.

 

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