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Ecologistas en Acción recuerda a los Ayuntamientos las obligaciones que establece la nueva Ley estatal de residuos y suelos contaminados

    Ecologistas en Acción del País Valenciano recuerda a los Ayuntamientos las obligaciones que establece la nueva Ley estatal de residuos y suelos contaminados.

    Los municipios de más de 5.000 habitantes deben implantar un sistema eficiente de recogida separada de los biorresiduos antes del 30 de junio de 2022. Su incumplimiento se considera una falta grave con una sanción para la entidad local de hasta 100.000 euros.

    No es suficiente con la implantación del llamado “quinto contenedor” abierto sin identificación de los usuarios.

    La nueva Ley 7/2022, de 8 de marzo, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, obliga a realizar cambios sustanciales en la gestión de los residuos municipales e introduce obligaciones que en algún caso son urgentes.

    Esta normativa supone un profundo cambio de toda la gestión municipal para incorporar las nuevas obligaciones. Una obligación inmediata es que los municipios deben implantar la recogida separada de la materia orgánica biodegradable de las basuras (biorresiduos) antes del próximo 30 de junio de 2022, de la forma más eficiente, bien mediante el sistema de recogida “puerta a puerta” o mediante contenedores cerrados o inteligentes, que permitan la identificación del usuario y el pago por generación

    Además el sistema de recogida ha de garantizar que la cantidad máxima de impropios sea inferior al 20% y del 15% a partir de 2027. El compost obtenido a partir del tratamiento de esos biorresiduos ha de ser de calidad, para que se pueda utilizar sin riesgo en la agricultura como fertilizante.

    Algunos Ayuntamientos han comenzado a desplegar contenedores marrones para esa recogida separada de los biorresiduos, pero que están abiertos a todas horas, el llamado “quinto contenedor”. Los resultados de esa implantación generalizada en las grandes ciudades (València, Castelló, Sagunt) han sido muy negativos, dado que la cantidad biorresiduos recogidos es insignificante en comparación con los residuos sin separar depositados en los contenedores de la fracción resto y además la cantidad de impropios supera los porcentajes exigidos por la Ley 7/2022. En algún caso (como Castelló) ese balance negativo ha obligado a repensar ese sistema ineficiente de recogida y a implantar de forma incipiente la recogida “puerta a puerta” en algunos barrios.

    La identificación del usuario es fundamental para posibilitar la implantación del llamado pago por generación, que traduce el principio europeo de “paga quien contamina”. Esa identificación rompe con la actual anomia en el uso de un servicio municipal esencial, como es la recogida y el tratamiento de los residuos, e incentiva la reducción en origen en la generación de los residuos y aumenta la responsabilidad de los usuarios.

    El balance de la gestión de residuos municipales en el País Valenciano es desastroso y no alcanza los objetivos establecidos por la normativa europea y estatal: no llegamos al 50 % de recuperación en 2020 y si no aplicamos con rigor la nueva Ley, tampoco conseguiremos la preparación para la reutilización y el reciclado del 55% en 2025 ni del 60 % en 2030. El vertido supera el 50% de los residuos domésticos y municipales generados.

    Ecologistas en Acción es consciente del enorme desafío que suponen estos compromisos para las entidades locales, con medios técnicos, fondos económicos y recursos humanos limitados, pero es inaplazable cumplirlos porque su incumplimiento acarreará importantes multas coercitivas.

    Ecologistas en Acción emplaza a las autoridades locales a asumir estas nuevas obligaciones legales con programas ambiciosos de concienciación de los ciudadanos y con revisiones en profundidad de todos los factores implicados en la gestión municipal de los residuos. De no actuar con rapidez, pronto llegarán las sanciones económicas impuestas también desde la Unión Europea.

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