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Cambian los requisitos para ser pareja de hecho en la Comunitat Valenciana

Cambian los requisitos para ser pareja de hecho en la Comunitat Valenciana
  • La Generalitat aceptará el contrato de alquiler o la hipoteca como prueba

  • Se elimina la entrevista de los miembros que quieren inscribirse

 El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que regula la organización y el funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, así como los procedimientos para la inscripción, modificación y cancelación en el registro. La nueva normativa sustituye al decreto vigente, en vigor desde hace veinte años y que necesitaba actualizarse.

La principal novedad del nuevo reglamento es que, para acreditar la convivencia común, la Administración valenciana aceptará el contrato de alquiler de una vivienda a nombre de ambos o el préstamo hipotecario o de compraventa del hogar habitual de la pareja siempre que al menos uno de los miembros esté empadronado en la Comunitat Valenciana. Se mantiene la descendencia común como medio de prueba para acreditar la convivencia.

De esta forma, para que una pareja sea inscrita en el Registro debe, además de presentar la solicitud correspondiente firmada por ambos miembros de la unión, una identificación (DNI o pasaporte) y el certificado de empadronamiento de ambos integrantes de la pareja, salvo las excepciones previstas en la ley.

Ambas personas deben ser mayores de edad o menores emancipados; convivir en una relación de afectividad análoga a la conyugal (aunque podrá justificarse no hacerlo de forma temporal); manifestar la voluntad de formalizar la relación; y no tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.

Asimismo, no estar ligados por matrimonio o estar separados legalmente, mediante sentencia judicial firme; no tener constituida una pareja o unión de hecho inscrita en cualquier registro de características similares, ni formar pareja estable con otra persona y no estar incapacitados judicialmente.

El nuevo reglamento "que elimina el trámite de la entrevista personal con los miembros de la pareja que pretendía inscribirse" contempla también el registro telemático para agilizar los procesos a través del Trámite Z de la Generalitat y está previsto que se habilite un trámite electrónico específico para las uniones de hecho que reduzca los plazos.

Además, se ha aumentado la plantilla del servicio para acelerar los procesos que, normalmente, constan de, como mínimo, tres notificaciones a las parejas que se suelen realizar en papel.

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