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Almussafes programa una charla informativa sobre el impuesto de sucesiones y donaciones

Almussafes programa una charla informativa sobre el impuesto de sucesiones y donaciones

    Como su propio nombre indica, el impuesto de sucesiones y donaciones es un tributo estatal que grava las entregas de bienes por medio de una sucesión o herencia, o a partir de donaciones. Se trata de un gravamen cedido a las Comunidades Autónomas y su tributación se establece en virtud de la relación de parentesco del heredero. Por lo tanto, cada región puede modificarlo y adaptarlo a su situación, composición social y necesidades presupuestarias. Con el fin de explicar a los vecinos de Almussafes el funcionamiento de este impuesto y las cantidades fijadas a pagar por recibir herencias o dinero de sus familiares, el Ayuntamiento de Almussafes ha organizado una conferencia informativa que tendrá lugar mañana miércoles a las 17.30 horas en el edificio de la Llar dels Jubilats.

    La Concejalía de Tercera Edad del consistorio municipal ha promovido este encuentro, que se celebrará mañana por la tarde en la sede de los jubilados de la población, el cual estará dirigido por la abogada almussafense Elena Paula Gomar, letrada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) y de su Centro de Mediación.

    De la mano de esta profesional, los interesados podrán conocer cuáles son las bases por las que se rige este tributo, su funcionamiento y su legislación. Además, se detallarán las cuantías a abonar en caso de recibir una herencia o una donación y se resolverán todas las dudas al respecto.

    El ayuntamiento invita a la población a sumarse a este coloquio, ya que aunque está integrada en el calendario de actividades que se planifican cada dos meses desde la concejalía de Terecera Edad, la propuesta puede interesar a todos los ciudadanos que precisen la información.

    En lo que se refiere a la legislación estatal, el impuesto sobre sucesiones y donaciones (de ahora en adelante, ISD) se encuentra regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre (ley del impuesto) y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre (reglamento del impuesto). A efectos fiscales, cuando una persona recibe gratuitamente dinero u otros activos, financieros o inmobiliarios, tiene que declararlos ante Hacienda y abonar el correspondiente impuesto de sucesiones y donaciones. Este gravamen, que varía en función de la comunidad autónoma, se calcula sobre el valor de los bienes cedidos y debe liquidarse en un plazo máximo de 30 días hábiles.

    Elena Paula Gomar, natural de Almussafes, también participa en la línea de asesoramiento gratuito sobre las cláusulas suelo que actualmente ofrece el ayuntamiento a través del Servicio de Mediación de Conflictos, creado en 2015 en colaboración con el ICAV.

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