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El Partido Popular insiste en vulnerar los derechos fundamentales de las personas y además quiere que el Gobierno Municipal cometa una irregularidad

    El Gobierno Municipal actúa siguiendo el informe de la Secretaria del Ayuntamiento y ratificado por la Agencia Española de la Protección de Datos (AEPD) que es el máximo organismo competente en este tema, si se dejara el acceso a los datos personales de la ciudadanía con un informe técnico municipal en contra se estaría cometiendo una irregularidad

    El Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Alcoy sigue insistiendo en intentar que el Gobierno Municipal actúe en contra de la Ley. Recordamos que el Partido Popular pidió tener acceso directo a diferente información, entre otras a los documentos de registro de entrada y salida, con los datos personales de la ciudadanía. Hay que indicar que la oposición siempre ha tenido acceso al registro bajo demanda y que querían tener el acceso de forma directa, una demanda que fue atendida y aceptada tal como ratifica el informe de la Secretaria General del Ayuntamiento de Alcoy, del día 5 de noviembre de 2020, en el cual explica que el Alcalde aceptó estas recomendaciones en un escrito del 21 de septiembre y por otra parte respecto al acceso a los datos personales, siguiendo las recomendaciones del Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento y cumpliendo con el Reglamento de Protección de Datos no se facilitarían algunos datos como el nombre completo y DNI de las personas solicitantes que figuran en el registro de Entrada. Es decir, se permite el acceso a la información, respetando siempre la Protección de Datos.

    El Partido Popular protestó ante el Síndic de Greuges, por este motivo desde el Ayuntamiento de Alcoy, el personal técnico envió la consulta si de tendría que dar acceso a los datos personales del registro de entrada a la oposición tal como insistía el Partido Popular. En su informe la AEPD es clara e indica tal como ya dijo el Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento que no se tiene que dar esta información porque tiene que prevalecer la protección de datos y literalmente explicaba el motivo del por qué no tenía razón el Síndic de Greuges, que no es un organismo especializado en la protección de datos. La Agencia Española de la Protección de Datos explicaba “que al entrar en liza lo ius in officium (Derecho a acceder a los cargos y oficios públicos) y el derecho a la protección de datos, no siempre tiene que prevalecer el primero que es el criterio del Síndic de Greuges, porque no hay que olvidar que el derecho a la protección de datos personales es un derecho fundamental”. De nuevo el Síndic de Greuges, ha insistido en igualar ambos derechos, haciendo caso omiso a la AEPD.

    “Nosotros hacemos lo que dice la ley y la agencia de protección de datos. Que es la que garantiza los derechos de protección de datos, no el Síndic. Si no tienen el mismo criterio, tenemos que hacer caso al órgano especializado, tal vez el Síndic se tendría que dirigir a la agencia de protección de datos para ver que dice sobre quién garantiza los derechos de la gente en ese sentido.”,  afirma el Portavoz del GM Socialista, Jordi Martínez.

    “Asistimos una vez más a la manipulación del portavoz del Partido Popular, Juan Enrique Ruiz, en primer lugar debe quedar claro a la ciudadanía que ‘el Síndic no rechaza los argumentos del Gobierno del PSOE’, porque quien realiza el informe que protege a la ciudadanía no es ningún miembro del Gobierno, es el funcionario municipal encargado de la Protección de Datos, una persona que como todo el personal técnico municipal merece el máximo de los respetos”.

    “Además si accedimos a facilitar estos datos personales con un informe técnico municipal en contra, que encima ha sido ratificado por el máximo órgano en España en el tema de la protección de datos, estaríamos cometiendo una irregularidad. No sabemos como actuaría el señor Ruiz si estuviera gobernando, pero tendría que tener claro que no se pueden imponer los deseos personales por encima de los informes técnicos”.

    “El criterio del Gobierno Municipal es cumplir la Ley, si hubiésemos hecho caso al PP dando acceso a estos datos, hubiésemos incumplido la ley y vulnerado el derecho fundamental de la intimidad, cosa que nunca haremos. Siempre hemos seguido las recomendaciones de los técnicos municipales. El PP y toda la oposición puede acceder al registro, lo único que no pueden hacer es incumplir la ley”, concluye Martínez.

    Recordamos que el informe indica no hay inconveniente en que se acceda al registro de entrada de forma directa, tal como ya se puede hacer, pero protegiendo los datos personales porque no son estrictamente necesarios para llevar a cabo ese control previsto legalmente, incluso recomienda herramientas de anonimización https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-09/guia-orientaciones-procedimientos-anonimizacion.pdf

    * La Agencia Española de Protección de Datos explicó que ha analizado situaciones similares y aporta documentos disponibles en las siguientes direcciones.

    https://www.aepd.es/es/informes-y-resoluciones/informes-juridicos

    https://www.aepd.es/es/documento/2013-0016.pdf

    https://www.aepd.es/es/documento/2013-0466.pdf

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