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Los cuerpos de seguridad hacen controles en los accesos a Alcoy

Los cuerpos de seguridad hacen controles en los accesos a Alcoy
  • La medida se está llevando adelante en muchos municipios para cumplir las medidas de prevención acordadas en el Decreto

La Policía Local de Alcoy junto con la Policía Nacional harán controles en los accesos de la ciudad durante los próximos días para cumplir con las medidas de prevención actuales, intentado de este modo evitar el contagio de la ciudadanía.

“No se trata de una medida excepcional de nuestra ciudad, se está realizando en muchos municipios siguiendo las indicaciones decretadas para así tratar de evitar la propagación del Covid-19”, explica el concejal de Seguridad, Raül Llopis.

“Para nosotros la seguridad de la ciudadanía es primordial, y es necesario recordar que no se puede circular si no es por una causa de primera necesidad”, ha concluido el edil.

Durante el día de ayer la Policía Local interpuso 10 denuncias por incumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo al transitar de forma injustificada.

Los controles se están realizando 24 horas en los accesos Sur, Norte y la carretera a Bañeras.

Recordamos que tan solo se puede circular en los siguientes casos:

1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

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