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El Ayuntamiento aprueba una modificación de créditos por un montante de 170 millones de euros

El Ayuntamiento aprueba una modificación de créditos por un montante de 170 millones de euros
    El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado hoy la cuarta modificación de créditos que supone un incremento de 170 millones de euros del presupuesto inicialmente aprobado para 2010. Una operación que, tal como ha indicado el Concejal de Presupuestos y Política Fiscal y Tributaria, Silvestre Senent, “permitirá, pese a la situación de crisis que no es ajena al Consistorio, que las Delegaciones Municipales presten todos los servicios que merecen los ciudadanos”.

    En el debate previo a este acuerdo, el Concejal del Grupo Municipal Socialista Juan Ferrer ha defendido que esta modificación de créditos “ha sido motivada por una falta de disciplina en el gasto y de autoridad del Concejal de Hacienda”. Tras manifestar su “susto” por el incremento del crédito inicial del Presupuesto de 2010, ha lamentado “que esos 170 millones de euros sean para refinanciar la deuda actual, porque vamos a renovar los plazos de pago, y a subir el tipo de interés”.

    Silvestre Senent ha recordado “que esta modificación de créditos se enmarca en la legalidad vigente, ya que de acuerdo con la Ley podemos llegar a un índice de endeudamiento del 125%, cuando actualmente estamos en el 109%”. Asimismo, ha explicado que el objetivo del Equipo de Gobierno “es prever el coste de gastos futuros”.

    Además de aprobar esta operación financiera, sin el respaldo del Grupo Municipal Socialista, en la sesión plenaria de hoy se ha acordado la novena relación de expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos y obligaciones de 2010 que suman un total de 23 millones de euros, y según ha indicado Senent, “se destinarán para pagar facturas que el Ayuntamiento de Valencia continua abonando a pesar de la crisis”.

    En el Pleno también se ha dado cuenta del informe trimestral sobre el cumplimiento de plazos para el pago de las obligaciones municipales previsto en los artículos 4 y 5 de la Ley 15/2010 de 5 de julio.

     

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