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Gobernación y Justicia inscribe los nuevos Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia

  • En el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunitat Valenciana

  • El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia es una corporación de derecho público amparada por el ordenamiento jurídico

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy la Resolución de 4 de diciembre de 2012, del director general de Justicia, por la que se resuelve inscribir en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos Profesionales de la Comunitat Valenciana los nuevos Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia.

En este sentido, el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia es una corporación de derecho público, reconocido por la Constitución y amparada por el ordenamiento jurídico, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, con funcionamiento y estructura interna democrática y régimen de control presupuestario anual.

De esta forma, constituyen fines esenciales del Colegio la ordenación del ejercicio de esta actividad profesional en el ámbito de su competencia territorial, la representación exclusiva de la misma, la defensa de los intereses sociales y profesionales de los colegiados y la prestación de servicios comunes que faciliten el desarrollo profesional de sus miembros.

Asimismo, entre las funciones que corresponden al Colegio, dentro de su ámbito territorial, destaca: ostentar la representación y defensa de la profesión ante la Administración, instituciones, juzgados y tribunales, entidades y particulares con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales y ejercitar el derecho de petición conforme a la ley.

Además, promover la organización de un sistema de asistencia que permita contar con los servicios de un graduado social por parte de quienes carezcan de los recursos económicos para sufragárselos y participar, cuando así se encuentre establecido por normas legales o reglamentarias, en los consejos y órganos consultivos de las distintas Administraciones públicas en materia de competencia de la profesión de graduado social.

Así como, ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la Administración y colaborar con ésta mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines que puedan serle encomendadas o acuerde realizar por propia iniciativa.

También facilitar a los juzgados y tribunales la relación de los colegiados que pudieran ser requeridos o designados para intervenir como peritos en asuntos judiciales y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.

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