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El Ayuntamiento de Crevillent informa que se puede solicitar el voto por correo hasta el 18 de mayo

El Ayuntamiento de Crevillent informa que se puede solicitar el voto por correo hasta el 18 de mayo
  • Todas las personas que quieran solicitar este trámite para las elecciones municipales y autonómicas del próximo 28 de mayo pueden realizarlo en Correos de forma presencial o a través de su página web

El Ayuntamiento de Crevillent ha querido recordar que existen dos maneras de solicitar dicho servicio, una es de forma telemática a través de la web oficial de Correos, y la otra es de manera presencial en cualquier oficina de Correos.

Para todos y todas que quieran solicitarlo online, deben acceder a la web oficial https://www.correos.com/voto-por-correo-28-m/ y estar en posesión del DNI Electrónico o del Certificado Digital.

En cuanto a la solicitud de manera presencial, la petición debe ser realizada por la persona interesada, salvo en caso de enfermedad o discapacidad siempre y cuando sea acreditada mediante certificación médica oficial que le impida su formulación personal. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de realizar la solicitud, es necesario acreditar la identidad presentando el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Además para evitar esperas, se puede solicitar citar previa a través de la App, la web de Correos o la Oficina Virtual.

A partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para ejercer el voto por correo se enviará a todos aquellos que hayan realizado correctamente el trámite previo de solicitud.

El plazo se abrió el pasado 4 de abril, justo después de que el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publicara la convocatoria de las elecciones. En cuanto al plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.

Respecto al voto de personas extranjeras, pueden ejercer este derecho las personas nacionales de países miembros de la UE o de aquellos países que cuenten con acuerdos de reciprocidad que residan legalmente en España, que estén empadronadas en esta localidad e inscritas en el censo electoral.

Para más información sobre el voto por correo hay que dirigirse a la dirección https://elecciones.locales2023.es/informacion-general/como-votar/voto-por-correo-desde-espana/.

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