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Condenan al Ayuntamiento de Bétera a pagar 95.000 euros a Mas Camarena por el servicio de basura

Condenan al Ayuntamiento de Bétera a pagar 95.000 euros a Mas Camarena por el servicio de basura

    El Ayuntamiento de Bétera deberá pagar más de 95.000 euros a la Asociación de Propietarios 'Mas Camarena’ por no abonarles el servicio de recogida basura del año 2017. Así lo ha determinado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Valencia después de los vecinos denunciaran que que desde hace treinta años y hasta el 2018 hayan sido los vecinos quienes pagaran la basura de la Urbanización, unos 95.000 euros al año.

    Ahora el Ayuntamiento de Bétera tendrá que devolverles esa suma más las costas de los trámites judiciales: “Es una enorme derrota para el equipo de gobierno que lidera Compromís con el seguidismo de PSOE y Podemos. Y es un triunfo para el tándem compuesto por la Asociación de Propietarios de Mas Camarena y la Coalición del Partido Mas Camarena y Torre en Conill que llevamos varios años peleando contra la oposición abierta, explicita y sin complejos de Compromís de Bétera”, ha asegurado el portavoz del partido Mas Camarena, Salvador Beltrán y también concejal de la oposición en el consistorio.

    Desde la asociación vecinal se preguntan “por qué tanto empeño contra las urbanizaciones” y explican que desde hace treinta años pagaban la basura de la urbanización. Además, por la limpieza de viales, el mantenimiento de jardines y el alcantarillado, el ayuntamiento pagaba hasta hace cinco años tan solo entre el 10 y el 30% del coste real, “con el ahorro municipal correspondiente que nunca se tradujo en menores impuestos para los vecinos”, lamentan.

    “Pues bien después de varios años, mociones, e informes, y muchos debates plenarios, finalmente el juez ha fallado contra el Ayuntamiento de Compromís, PSOE y Podemos, y a favor de la demanda de la AAVV de Mas Camarena y a favor de todo lo defendido por la Coalición Mas Camarena Torre en Conill”, concluyen los afectados en un comunicado.

    No se trata de una sentencia firme ya que cabe otro recurso de apelación por parte del consistorio.

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