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El XIII convenio colectivo de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana entra en vigor tras completar su proceso de tramitación

El XIII convenio colectivo de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana entra en vigor tras completar su proceso de tramitación
  • El documento definitivo ha sido ratificado por la Conselleria de Trabajo y publicado por el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado el texto íntegro del XIII convenio colectivo de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), por lo que se ha completado así el proceso de tramitación necesario para iniciar su aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con su publicación se cierra el último trámite exigido, tras la ratificación del mismo por parte de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

El XIII convenio colectivo de FGV ha contado con el respaldo de la mayoría necesaria de la Comisión Negociadora, tanto por parte de la dirección de la empresa como de los sindicatos UGT, CCOO, SCF, SIF y SF.

El contenido y las mejoras que se incorporan en el texto están ajustadas a las competencias y límites presupuestarios actuales de la Generalitat Valenciana, y suponen un avance respecto de la situación precedente en materia de condiciones laborales y conciliación.

Mejoras incorporadas

El nuevo marco laboral de FGV, entre otros aspectos, desarrolla avances relacionados con la condiciones de los servicios en Periodo Punta, que se prestan en fechas como Fallas en Valencia u Hogueras en Alicante.
Respecto de la jornada laboral anual, se ha establecido en 1.567 horas de trabajo efectivo a realizar en un máximo de 209 días, con la finalidad de reducir al máximo las horas extras estructurales.
El convenio también asume propuestas destinadas a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, ampliando las posibilidades de atención de familiares con diversidad funcional, física, psíquica o sensorial, igual o superior al 65%, o de familias monoparentales o en situación de monoparentalidad.

Además, se establece que en los periodos de vacaciones se facilitará la conciliación para matrimonios, parejas de hecho o separadas. Otro aspecto contemplado es la reducción de jornada, que se amplía hasta que la persona menor cumpla los 14 años.

En este mismo documento se establece que la plantilla de la empresa no podrá ser inferior a la existente a 31 de diciembre del año anterior, durante la vigencia del convenio, y que se actualizará la Relación de Puestos de Trabajo, atendiendo a las necesidades de todas las áreas de gestión y las aportaciones de los representantes sindicales.

En definitiva, el acuerdo permite mejorar las condiciones de trabajo y la eficiencia de la empresa, a través de la aplicación de un plan específico que conlleva un incremento salarial del 2% anual, vinculado al incremento de viajeros y del tiempo de trabajo productivo.

El convenio también establece la convocatoria de diferentes mesas de trabajo que tendrán como objetivo negociar la Relación de Puestos de Trabajo, con la participación de responsables de la Dirección General de Sector Público.

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