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La Comisión de Hacienda propone mejoras retributivas para los funcionarios en situación de incapacidad temporal

    La propuesta, aprobada en la Comisión de Hacienda con la única abstención de Ciudadanos, consiste en modificar los artículos 23 de Convenio Colectivo y del Acuerdo sobre complementos hasta el 100% de retribuciones durante las situaciones de incapacidad temporal. El objetivo es dar solución a cierta problemática interpretativa que venía produciéndose a la hora de determinar las prestaciones económicas del personal al servicio del Ayuntamiento que se veía afectado por estas situación y que ya quedaron estipuladas en un acuerdo plenario de enero de 2015.

    Por este motivo, el equipo de Gobierno municipal ha decidido proponer un nuevo acuerdo que proporcione mayor concreción y seguridad jurídica, al establecer una regulación detallada de las situaciones excepcionales que pueden dar derecho al complemento hasta el 100% de las retribuciones.

    La propuesta, que debe ser aprobada ahora por el pleno del Ayuntamiento de la Vila, recoge en qué casos concretos puede aplicarse este complemento, en función de si se trata de una incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o de contingencias comunes.

    En este último caso, el acuerdo especifica que se mantendrá el nivel retributivo en casos de incapacidad temporal derivada de intervenciones de cirugía mayor debidamente acreditada, aunque no conlleven hospitalización, siempre que correspondan a operaciones de hernia, cataratas, laserterapias en patología ocular y similares, así como fracturas óseas. De hecho, estos casos son los que mayor problema de interpretación han venido generando a la hora de determinar la prestación correspondiente, ya que no suelen requerir de periodos de hospitalización.

    El acuerdo también considera que en las bajas derivadas de situaciones de embarazo de alto riesgo acreditado por un informe facultativo, también se complementará la retribución completa, excluida la productividad, desde el inicio de la incapacidad temporal.

    En la misma situación estarían las bajas derivadas de procesos oncológicos, aunque el tratamiento, la cirugía o la hospitalización se produzcan una vez iniciada la situación de incapacidad temporal.

    El acuerdo propone, asimismo, que cuando se produzcan situaciones excepcionales debidamente justificadas que no estén dentro de estos supuestos, se someterán a la deliberación de la Mesa de Negociación, donde se resolverá el caso.

    Para el concejal de Hacienda y Personal, Joan Lloret, "es importante que el Pleno ratifique este acuerdo para poner fin, de una vez por todas, a los problemas de interpretación que se venían produciendo a la hora de determinar la pertinencia o no de estas prestaciones en determinados casos. Si la propuesta resulta aprobada, el acuerdo entrará en vigor de forma casi inmediata, a partir del 1 de enero de 2018 y de esta forma, los funcionarios que se encuentren en esta situación disfrutarán de una mejora retributiva".

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