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Luz verde a la regulación del teletrabajo: estos son los detalles de la nueva ley

Luz verde a la regulación del teletrabajo: estos son los detalles de la nueva ley
  • Con esta ley se garantiza la igualdad de derechos se trabaje presencial o telemáticamente

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto de Ley por el cual se regula el teletrabajo en toda España. Una nueva normativa, propiciada por la necesidad de alejar a los trabajadores de las oficinas durante los meses más graves de la crisis sanitaria, que ha sido acordada por el Gobierno y los agentes sociales.

El Real Decreto Ley otorga a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos que las que ejercen sus actividades en los locales de la empresa y se fundamenta en la voluntariedad y el acuerdo de personas trabajadoras y personas empleadoras.

Según la nueva norma se entenderá como trabajo a distancia regular “aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo”.  Además, se apunta que la negativa del trabajador a optar por el teletrabajo “no serán causas justificadas de la extinción de la relación laboral ni de las condiciones de trabajo”.

A lo largo de la norma, el papel de la negociación colectiva se refuerza, con remisiones expresas tan importantes como la regulación del ejercicio de la reversibilidad (vuelta al trabajo presencial tras acordar el trabajo a distancia) por las partes, el derecho a la desconexión, la identificación de los puestos de trabajo y funciones susceptibles de ser realizados a través del trabajo a distancia, las condiciones de acceso y desarrollo de la actividad laboral mediante este modelo organizativo, una duración máxima del trabajo a distancia, así como contenidos adicionales en el acuerdo de trabajo a distancia.

Derechos de los trabajadores

De forma paralela, el Real Decreto contempla los principales derechos de la trabajadora y del trabajador a distancia, tales como el derecho al abono y compensación de gastos.

Entre ellos, destaca que La persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles vinculados al desarrollo de su actividad laboral. Además, la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios en los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva.

Finalmente, se regula el derecho al registro horario adecuado, que deberá incluir el momento de inicio y finalización de la jornada; y el derecho a la prevención de riesgos laborales, una evaluación de riesgos que deberá tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, en especial factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.

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