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Valencia anula las tasas de la vía pública dejando de ingresar 2,8 millones

Valencia anula las tasas de la vía pública dejando de ingresar 2,8 millones
  • Con esta medida, el alcalde quiere favorecer a los pequeños empresarios de la ciudad

La Junta de Gobierno Local ha aprobado esta mañana la suspensión temporal de diferentes tasas municipales con la finalidad de apoyar a las empresas valencianas y, en particular, a autónomos y pymes «para remontar la difícil situación económica derivada de la crisis sanitaria y aliviar su situación» ante la crisis socioeconómica derivada de la pandemia y las medidas de seguridad. La iniciativa afecta a la suspensión de las Tasas de Mesas y Sillas, Quioscos y Mercados Ordinarios y Extraordinarios.

Tal como ha explicado el alcalde, Joan Ribó, «son cerca de tres millones de euros que desde el Gobierno municipal queremos relanzar y que sirvan de estímulo para los pequeños empresarios que trabajan en los sectores del comercio o la hostelería, tan importantes en nuestra ciudad». El alcalde ha destacado, además, que está suspensión de tasas «es más importante y de mayor calado que iniciativas parecidas que se han impulsado en grandes municipios del Estado, como por ejemplo Madrid o Barcelona». En el caso de Madrid, se decidió no cobrar las tasas mientras los negocios han estado cerrados, y después, un 25%. Mientras que Barcelona ha optado por bonificar las tasas en un 75% desde el inicio del estado de alarma.

En el caso de València, las medidas aprobadas suponen que el Ayuntamiento dejará de ingresar por estos conceptos tributarios un total de 2,8 millones de euros. La Junta de Gobierno Local ha ordenado la suspensión con carácter temporal de la aplicación de las Tasas por Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa, las Tasas por Instalación de Quioscos en la Vía Pública, Tasa de Mercados Ordinarios, la Tasa de Mercados Extraordinarios, Mercados, Rastros y en general, Venta no sedentaria, y la flexibilización de los aplazamientos y fraccionamientos de pago de las deudas tributarias y otras de derecho público.

En total, esta suspensión de las tasas supone que el Ayuntamiento dejará de ingresar 2.886.000 euros, «que se suman a las ayudas que estamos dando desde el gobierno municipal para paliar la emergencia económica en la cual han quedado muchos de los autónomos y pymes, del sector de la hostelería y el comercio, en nuestra ciudad», han explicado los vicealcaldes, Sandra Gómez y Sergi Campillo, al término de la reunión de la Junta de Gobierno. Las cantidades que se dejarán de ingresar corresponden a los siguiente conceptos: por Tasa de mesas y sillas, se deja de ingresar 2.191.666 euros; por quioscos, 20.250 euros; por Mercados ordinarios,  320.000 euros; y por Mercados extraordinarios, 354.000 euros.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL GENERAL

En el caso de la Tasas por Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa, la suspensión se aplica de desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020. Una vez sea modificada la Ordenanza Fiscal general, se procederá a la devolución de los importes a aquellos contribuyentes que la hubieran abonado por un periodo superior en los meses de enero y febrero.

Respecto a las Tasas por Instalación de Quioscos en la Vía Pública, dado que tienen carácter semestral y a partir del 14 de marzo de 2020 no se ha podido desarrollar ninguna actividad por parte de las personas titulares, no se aplicarán las tarifas correspondientes al primer semestre del año en curso, 2020; y si algún contribuyente ya las ha pagado, se le devolverán.

En cuanto a los mercados, la decisión de la Junta es no aplicar la Tasa de Mercados Ordinarios a aquellos contribuyentes que detenten lugares en los que, por la especificidad de sus productos o servicio, no hayan podido prestar la actividad en algún periodo del estado de alarma. Y en el caso los Mercados Extraordinarios, Mercados, Rastros y en general, Venta no sedentaria, no se aplicará a las personas contribuyentes que tienen puestos de estas características, hasta su puesta en funcionamiento a las condiciones anteriores en la declaración del estado de alarma.

Todo ello conllevará la necesaria modificación de la Ordenanza Fiscal General.

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