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El Tribunal de La Spezia (Italia) ratifica que el cuadro de San Dimas es propiedad del ayuntamiento

    El Tribunal de La Spezia (Italia) ha declarado que la pintura San Dimas, lienzo atribuido a la escuela de Joan Ribalta, que fue sustraída en el año 1979 del Monasterio de San Miguel de los Reyes, es legalmente propiedad del Ayuntamiento de Valencia, y que dicha propiedad es “inalienable e imprescriptible”, es decir, que no puede ser adquirida mediante el mecanismo de usucapión.

    Se define como “usucapión”, la adquisición de un derecho mediante su ejercicio en las condiciones y durante el tiempo previsto en la ley. Precisamente, el actual “poseedor” del cuadro planteó sus derechos de propiedad en función del derecho presumiblemente adquirido durante el tiempo que ha estado en sus manos. No obstante, esta tesis, que esgrimió en el juicio como argumento de derecho, no ha sido tenida en cuenta por el tribunal italiano.

    La tramitación judicial ha sido larga y compleja. Tras producirse el hurto de la pintura, el Ayuntamiento planteó su recuperación mediante un proceso penal por receptación, después de que la Interpol la localizara en el año 2000. La sentencia inicial por receptación fue absolutoria, pero el juez penal decidió que el cuadro quedara en depósito en el Museo Lía de La Spezia hasta que se decidiera de manera definitiva sobre a quién correspondía su propiedad.

    Fue entonces cuando el poseedor en aquel momento pretendió obtenerla por usucapión, pero en una acción reconvencional, al cabo de 8 años, el tribunal ha dado la razón al Ayuntamiento de Valencia. Se reconoce que San Dimas pertenece al patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana (y, por tanto, al patrimonio histórico español). La sentencia subraya cómo el lienzo fue robado de la capilla del Monasterio de San Miguel de los Reyes y es propiedad del Ayuntamiento de Valencia.

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