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CSI·F logra que el TSJ obligue a una fundación del Hospital General a readmitir a 18 empleados por cesión ilegal a Sanidad

  • La sentencia ratifica que "desempeñaban labores integradas en la Administración", aunque Conselleria evitó negociar el despido

El sindicato CSI·F ha ganado una sentencia por medio de la cual el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana declara nulo el despido colectivo de 18 trabajadores de la Fundación CV Hospital General Universitario para la Investigación Biomédica, Docencia y Desarrollo de las Ciencias de la Salud (FIGHU). El dictamen judicial considera demostrado que estos empleados trabajaban, en la práctica, para Sanidad y que se produjo "una cesión ilegal".

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) señala que el 7 de abril de 2016 la Conselleria de Sanidad comunicó a FIGHU que daba por finalizado el contrato del programa REFAR. El 3 de mayo la citada fundación puso en conocimiento de los empleados el inicio de un procedimiento de despido colectivo. Los trabajadores pidieron que asistiera la Conselleria como entidad contratista a la negociación, un hecho que no se produjo. La fundación decidió finalmente despedir a 18 empleados, al no alcanzar un acuerdo.

CSI·F recurrió el despido colectivo y pidió su nulidad argumentando que, en la práctica, los trabajadores realizaban su labor para Conselleria de Sanidad y no desarrollaban una tarea exclusivamente formativa, como en teoría fueron contratados por la Fundación. El sindicato explica, entre otras razones, que disponían de correo electrónico con dominio gva, que recibían instrucciones de departamentos de Conselleria, que también les firmaba las vacaciones.

La Sala de lo Social del TSJ constata, y así lo refleja en la sentencia, que "las funciones realizadas por los trabajadores adscritos al programa REFAR excedían con mucho las concretas actividades formativas a que debía circunscribirse su labor". También recoge que "desempeñaban labores integradas en la propia actividad de la Administración, desligándose de la justificación de la contratación para una labor concreta y solo formativa".

Recalca además que "no existe una diferenciación entre las funciones desempeñadas por los farmacéuticos del Área de Salud (FAS) y los adscritos al programa REFAR". Incluso estos últimos desarrollaban su labor en dependencias de Conselleria de Sanidad. Por tanto, sentencia que "concurre la cesión ilegal denunciada por los demandantes, pues la Fundación se limitó a poner a disposición de Conselleria la mano de obra". En consecuencia, declara nulo el despido y obliga a la Fundación a readmitir a los 18 trabajadores.

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