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Compromís anuncia el fin del uso arbitrario y partidista de los servicios jurídicos del Ayuntamiento

    Compromís per València ha expresado su firme voluntad de no utilizar los servicios jurídicos del Ayuntamiento de la ciudad como arma de censura contra ningún grupo de la oposición. Al mismo tiempo, respetará la libertad de expresión que, como derecho fundamental, recoge la Constitución. Así lo ha expresado la coalición tras la resolución definitiva del Tribunal Superior de Justicia que ha ratificado de manera firme la sentencia del juzgado contencioso administrativo de Valencia que ya en su día condenó al Ayuntamiento por vulnerar la libertad de expresión del ahora concejal electo de Compromís, Giuseppe Grezzi, con una Moción de Reprobación.

    La sentencia ratifica la anulación de la moción de reprobación a Giuseppe Grezzi, subrayando en esta ocasión la arbitrariedad de todo el procedimiento, “que infringe manifiestamente lo establecido en el artículo. 24.2 de la Constitución, al quedar privado el actor de toda posibilidad de alegación”. En este sentido, el concejal electo ha afirmado que “se comprueba una vez más que la moción de reprobación nunca debió llegar al Pleno porque no cabe en el ordenamiento jurídico, y porque las acciones legales emprendidas atendían al interés partidista del anterior equipo de gobierno y no al interés general de la ciudadanía. Situaciones como esta no se repetirán desde el nuevo gobierno”.

    La Sala Segunda del Tribunal Contencioso-administrativo del TSJ observa en su auto que “se ha vulnerado el derecho a la libertad ideológica, de expresión, de asociación, de presunción de inocencia y tutela judicial efectiva, a ser informado de la acusación formulada y el principio de tipicidad” y que “estando relacionada la conducta del actor con la actividad política, no se acredita que sea gravemente injuriosa u ofensiva ni resulta exigible respecto del actor una lealtad a la altura de los servidores públicos puesto que es personal eventual, no se produce el hecho en el ejercicio de sus funciones públicas sino en su condición de ciudadano y no se produce perturbación del funcionamiento del servicio público”.

    Por otro lado, cabe señalar que el Tribunal desliza su malestar por el uso de la justicia por parte del equipo de gobierno de Barberá con este nuevo recurso, al subrayar que le “sorprende sobremanera la alegación”, ya que se ha realizado apoyándose en un punto ni “siquiera suscitado en la instancia” que se quería recurrir.

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