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El Consell desestima las alegaciones de la organización del festival 'Marenostrum Experience' y no autoriza el evento

  • Se niega el permiso por la afectación a la fauna de la Albufera y por el riesgo para la seguridad vial tal y como especifican los informes del Parque Natural y de la Guardia Civil

La Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa organizadora del Festival Marenostrum Experience contra la resolución denegatoria de petición de autorización para la celebración de un festival de música electrónica los días 12 y 13 de julio de 2019 en los terrenos de la Sala Canal de València. En consecuencia, la Generalitat no autoriza la celebración del evento.

La Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias denegó el permiso para la celebración de esta actividad atendiendo a sendos informes emitidos por la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica y por la Comandancia de la Guardia Civil de Valencia.

El informe de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental aseguraba que la actividad que se pretendía realizar en el terreno de la Sala Canal está ubicado en el ámbito del Parque Natural de la Albufera.

Según lo que establece la Ley 11/1994 de espacios naturales protegidos de la Comunitat Valenciana, las actividades en el seno de los parques naturales deben ser de carácter tradicional, "con lo que las actividades de discoteca resultan incompatibles con las finalidades de protección del parque natural de la Albufera".

Además, el informe asegura que "en todo caso la actividad que se pretende realizar excede notoriamente el uso de discoteca, motivo por el que se considera que no está amparado por la licencia con que cuenta la sala".

Además, el festival supondría un incumplimiento de lo establecido por la ley 42/2007, de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que tipifica como infracción la perturbación, muerte o captura de aves en época de cría, como, precisamente, el verano.

La actividad también contravenía lo establecido en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Albufera (PRUG), el cual no permite las actividades que puedan provocar la destrucción o deterioro de especies animales. En particular se prohíbe "la producción de sonidos innecesarios que alteren la tranquilidad habitual de la fauna y la instalación de emisores luminosos".

Por otra parte, en el informe de la Comandancia de la Guardia Civil se hace mención a las repercusiones negativas del evento sobre el medio natural, la seguridad vial, así como problemas de evacuación. Sobre las conclusiones de este informe, la Subdelegación del Gobierno solicitó "encarecidamente" que no se autorizara la celebración del evento.

Al mismo tiempo, la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias, solicitó al Ayuntamiento de Valencia información sobre el estado de la licencia de la Sala Canal para celebrar espectáculos.

En este sentido, se desautoriza el evento al entender que, aunque la sala Canal sí tiene licencia municipal como sala de baile, no obstante, la organización pretendía utilizar también el aparcamiento para acoger a más de 6.000 personas, según las previsiones. De este modo, el uso de esa instalación requiriría de un permiso como actividad extraordinaria que no se puede conceder dados los informes negativos recabados por la Generalitat.

Por todos los motivos expuestos, desde la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias no se puede estimar el recurso y, en consecuencia, no se puede autorizar el evento. En este sentido, el secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, José María Ángel, ha recordado que los informes solicitados "eran preceptivos" y que sus resultados "son tan contundentes que no se puede autorizar esta actividad y poner en peligro determinados factores".

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