Compromís pedirá el amparo de la Junta Electoral Central porque la lista de Barberá incumple la ley
Según han informado desde Compromís, “no compartimos los criterios de la JEZ porque entendemos que todos los porcentajes que marca la LOREG en reiteradas sentencias deben de ser alcanzados. Es decir, que el 4,99% de los votos de una candidatura municipal no sirve para obtener representación porque la ley fija como mínimo el 5% de los votos válidos emitidos, sin no tener en cuenta los decimales”.
En el caso de la lista del PP de la ciudad de Valencia, la LOREG es clara e indica que el porcentaje mínimo de uno de los dos géneros tiene que ser del 40% y la candidatura que encabeza Rita Barberá, se distribuye en 39,39% y 60,41%. Si se desestiman los decimales, el porcentaje de esta lista sería de un 39% y, por lo tanto, continúan fuera de la ley y en el caso de la lista popular de Elx, la cantidad de miembros de uno de los géneros es del 10,8 y en este caso el ajuste hecho por la JEZ es de quitar un 0,8 para dejarlo en la cifra redonda de 10.
Si seguimos esos planteamientos expresados por la JEZ de Valencia o la de Elche, un candidato que cuento con el 4,9% de los votos podría lograr la condición de electo.