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Mañana martes se abre el plazo para solicitar las ayudas municipales para Pensionistas y del Bonoguardería

    Mañana martes, 2 de diciembre, se abre el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas individuales destinadas a pensionistas, así como las ayudas a familias para la escolarización en Educación Infantil de Primer Ciclo (de 0 a 3 años), denominadas Bonoguardería. Hoy lunes, 1 de diciembre, han sido publicadas ambas convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Las solicitudes deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, siendo el plazo de presentación de 5 días hábiles para las ayudas a Pensionistas (hasta el martes 9 de diciembre), y de 7 días hábiles para las ayudas individuales de Bonoguardería (hasta el jueves 11 de diciembre).

    La concejal de Tercera Edad del Ayuntamiento de Torrevieja, Inmaculada Montesinos, ha anunciado que, debido al gran número de solicitudes que anualmente se presentan para obtener las ayudas municipales a pensionistas, las dependencias de la Concejalía, sitas en la calle Maldonado nº 5, permanecerán abiertas al público también en horario de tarde durante este periodo de apertura de solicitudes. De esta forma, desde mañana martes, 2 de diciembre, y hasta el próximo viernes 5 de diciembre, todas las personas que vayan a solicitar estas ayudas municipales podrán recoger los impresos desde las 16:30 a las 19:30 horas.

    Estas ayudas van dirigidas al colectivo de la Tercera Edad y Pensionistas, censado en Torrevieja, con rentas no superiores al 1´5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), a fin de cubrir la pérdida de poder adquisitivo, así como generar una mayor calidad de vida de este colectivo.

    Los solicitantes deberán estar incluidos en alguno de los siguientes supuestos:

    -Ser preceptor de una pensión por Jubilación, Viudedad u Orfandad, y mayor de 60 años.
    -Ser mayor de 60 años, acreditar la separación matrimonial o divorcio, y perciba una pensión de carácter compensatorio a cargo de su excónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios.
    -Figurar en el Padrón Municipal de Habitantes y estar inscritos en el mismo un mínimo de 2 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
    -No percibir renta superior a 1.5 del IPREM del año 2014 (en 14 mensualidades). Se computarán los ingresos percibidos por la unidad familiar en su importe neto, contabilizándose además de los ingresos procedentes de su pensión, aquellos otros ingresos procedentes del trabajo o asimilados a ellos, que sean compatibles con la percepción de una pensión.
    -Disponer la unidad familiar como máximo de una vivienda habitual y una plaza de garaje o local con un máximo de 20 metros cuadrados. Se computarán tanto los bienes que se dispongan en pleno dominio como los que se dispongan en usufructo o nuda propiedad.
    -Sólo podrá ser beneficiario de esta Ayuda un miembro por unidad familiar.

    La ayuda a conceder será como máximo de 400 euros. Asimismo, los criterios de valoración (máximo 10 puntos) son:

    -No disponer de bienes inmuebles (1 punto).
    -La cuantía menor a 1 del IPREM de 2014 (7 puntos).
    -La cuantía entre 1 y el 1´5 del IPREM de 2014 (6 puntos).
    -Pensionista mayor de 60 años, con un hijo empadronado en Torrevieja y que esté en paro los últimos 12 meses (2 puntos).

    Por su parte, las denominadas ayudas municipales de Bonoguardería, tienen por objeto ayudar a las familias de los niños/as de 0 a 3 años, que asistan a Escuelas Infantiles de Primer Ciclo o a Guarderías, con especial atención a las familias que, por sus circunstancias personales, familiares, económicas y sociales más lo precisan. Asimismo, la finalidad de la concesión de estas ayudas es facilitar la escolarización de los niños/as de 0 a 3 años de Torrevieja, así como favorecer la conciliación de la vida escolar y familiar.

    A efectos de estas ayudas individuales, se tendrán en cuenta los gastos derivados del uso del servicio de Escuela Infantil de Primer Ciclo o Guarderías.

    El periodo comprendido en la presente convocatoria es desde el 1 de enero de 2012 hasta el 30 de junio de 2013, siendo los meses que se consideran válidos de enero a junio y de septiembre a diciembre.

    Podrá ser beneficiario del Bonoguardería el padre o la madre, o tutor legal con el que convivan los menores escolarizados en El Primer Ciclo de Educación Infantil o similar, en el periodo contemplado en la presente convocatoria, cuya renta per cápita de la unidad familiar no supere los 24.000 euros. El solicitante deberá reunir los siguientes requisitos específicos:

    -La unidad familiar del menor deberá estar empadronada en Torrevieja, los dos últimos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud o, en su caso, hasta la fecha en que finalice el plazo para la presentación de solicitudes.
    -El menor deberá haber estado matriculado y asistido, en su totalidad o en parte, en el periodo comprendido en la presente convocatoria, en alguna Escuela Infantil o Guardería, debidamente legalizada, ubicada en el término municipal de Torrevieja.

    El importe máximo de la ayuda podrá ser de 1.120 euros.

    Para la valoración de las solicitudes, la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes criterios baremables (se bareman cada uno de ellos y se suman los puntos y las cuantías correspondientes) y puntuaciones mensuales:

    -Familia Monoparental. 1 punto mensual (máximo 16 meses).
    -Familia numerosa (cualquier categoría). 1 punto mensual (máximo 16 meses).
    -Minusvalía (33% o superior) del aluno/a, de algún hermano o del padre/madre o tutor legal. 1 punto mensual (máximo 16 meses).
    -Paro del padre/madre o tutor legal. 1 punto mensual (máximo 16 meses).
    La puntuación máxima que se puede obtener es de 64 puntos.

     

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