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El alcalde entrega 32 ayudas municipales a nuevos matrimonios por un importe de 85.500 euros

  • Torrevieja es la única ciudad de nuestro país que desde el año 1998, es decir, desde hace ya 14 años, otorga ayudas económicas de hasta 3.000 euros a los nuevos matrimonios empadronados en la localidad

  • Para beneficiarse de esta ayuda municipal, los dos o uno de los cónyuges, siguiendo las directrices de la Ley de Juventud de la Generalitat Valenciana, deben tener una edad no superior a los 35 años

El alcalde de Torrevieja, Eduardo Dolón, y la concejal de Juventud, Rosario Martínez Chazarra, ha hecho entrega en la mañana de hoy de un total de 32 ayudas municipales a nuevos matrimonios, correspondientes al pasado año 2011, por un importe de 85.500 euros.

Eduardo Dolón ha informado que fueron solicitadas en este periodo un total de 38 ayudas a nuevos matrimonios, de las cuales 6 han sido desestimadas. Asimismo, el alcalde indica que a partir de enero de 2013 se presentará la nueva convocatoria de estas ayudas pioneras en nuestro país desde el año 1998, y que otorga ayudas económicas a la adquisición de primera vivienda joven para matrimonios. El importe de la ayuda municipal será de un máximo de 3.000 euros a la unidad familiar.

Eduardo Dolón ha indicado que el Ayuntamiento, como entidad más cercana al ciudadano, debe apreciar cuales son las necesidades primordiales de la familia y, en esa línea, promover los recursos sociales más adecuados para atenderlos. Una de esas necesidades básicas es el acceso a la vivienda, sobre todo a las nuevas y jóvenes familias que inician su andadura.

Los beneficiados de estas ayudas municipales deben estar empadronados, por lo menos uno de los cónyuges, en Torrevieja durante los últimos 5 años, y ambos en el momento de presentar la solicitud y en la vivienda por la cual se acredite la solicitud correspondiente. Tener solamente a su nombre la vivienda en base a la cual realizan la solicitud. No pueden vender la vivienda en un plazo de 5 años y deberán destinarla a residencia habitual durante el mismo plazo. Haber contraído matrimonio durante el año 2011. Que los dos o uno de los cónyuges, siguiendo las directrices de la Ley de Juventud de la Generalitat Valenciana, tengan una edad no superior a los 35 años. Que sobre la vivienda poseída, objeto de la ayuda, pese una hipoteca legalmente constituida; se suprimen por tanto todas las viviendas obtenidas mediante herencias, donaciones o cualquier otra forma de transmisión patrimonial, exceptuada la compra-venta.

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